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lunes, 7 de septiembre de 2026

Cuando la pericia no se realiza por un acuerdo entre las partes: ¿Qué hacer?

 Supongamos que un perito es designado en una causa, acepta el cargo y antes de que la pericia pueda llevarse a cabo, las partes llegan a un acuerdo.

En principio, que la pericia finalmente no se realice por un acuerdo entre las partes no significa necesariamente que el perito pierda el derecho a percibir honorarios. La regulación concreta la hará el juez, teniendo en cuenta la labor efectivamente desarrollada.

Si estamos hablando de una causa tramitada bajo el CPCCN, hay algunos puntos importantes:

  • El perito aceptò el cargo, por lo que ya se produjo una actuación profesional concreta.
  • Además, citò a las partes y organizò la realización de la pericia.
  • El hecho de que después las partes hayan arribado a un acuerdo y la pericia haya quedado sin objeto es algo ajeno a la voluntad del perito. No es lo mismo que renunciar al cargo o no realizar la tarea encomendada.
  • El art. 478 del CPCCN establece que los jueces deben regular los honorarios de los peritos y demás auxiliares de justicia conforme a los aranceles aplicables, ponderando la naturaleza, complejidad, calidad y extensión del trabajo.
Aunque el perito no haya producido el informe, hubo trabajo profesional: aceptación del cargo, estudio inicial de la causa/puntos de pericia, comunicaciones, citaciones, organización de la entrevista, eventualmente reserva de tiempo, etc.

El acuerdo entre las partes no necesariamente puede dejar sin efecto tu derecho a que se regulen los honorarios por el trabajo que ya realizaste. La cuestión de quién queda obligado al pago dependerá de la regulación y de lo que se resuelva respecto de las costas.

La norma central es el art. 25 de la Ley 27.423. Dice expresamente qué ocurre cuando un perito aceptó el cargo pero no llegó a presentar la pericia porque el proceso terminó anticipadamente.

En particular, el inciso b) establece que, si la pericia no fue presentada, el juez debe valorar la labor efectivamente realizada y disponer una regulación compensatoria adecuada, para lo cual puede requerir al perito que detalle las tareas realizadas desde la aceptación del cargo hasta que fue notificado de la finalización del proceso. 

 No se trata de un perito que aceptó el cargo y después simplemente no hizo nada. Hay una actividad profesional efectivamente desplegada, y la frustración de la pericia obedeció a la finalización anticipada del proceso.

Novedad importante: la Ley 27.802

Esto es particularmente interesante porque la norma fue modificada en marzo de 2026. El nuevo art. 61 bis establece que los honorarios de los peritos deben determinarse exclusivamente atendiendo a:

  • la labor técnica realizada;
  • su relevancia;
  • su calidad;
  • su extensión;

y establece un mínimo de 2 UMA por cada pericia. Pero agrega una regla específica para esta situación: si el proceso termina por transacción, avenimiento o conciliación sin que el perito haya presentado la pericia, se le regulará 1/4 de UMA en tanto haya aceptado el cargo.

Esto es muy reciente: la propia versión actualizada de la ley indica que los arts. 60, 61 y 61 bis fueron modificados/incorporados por la Ley 27.802, publicada el 6 de marzo de 2026.

¡Qué hago entonces?

Esperaría a que aparezca en el expediente la presentación del acuerdo y la resolución judicial que declare la finalización de la causa. Es decir:

1) Primero alguna de las partes presentan el convenio.

2) El Juez les exige que acompañen el convenio digitalizado o que lo reconozcan formalmente para poder homologarlo.

3) El Juez realiza la resolución de homologación, donde debería quedar resuelta también la situación de los auxiliares de justicia o, al menos, las costas.

Nosotros vamos a esperar a que ocurra esto ùltimo. Esperamos a la homologación y vemos qué dice el juez sobre las costas, los honorarios de los profesionales intervinientes y específicamente, si menciona a los peritos/auxiliares de justicia.

Porque puede suceder que la resolución de homologación diga algo como “las costas se imponen en el orden causado” o que establezca quién las soporta. Eso después va a ser relevante para determinar quién debe pagar tu regulación.

No dejes pasar el tema de tus honorarios.

Una vez notificado de esa resolución, si no hay menciòn del tema, presentaría un escrito solicitando la regulación y dejaría constancia de las tareas realizadas.

SOLICITA REGULACIÓN DE HONORARIOS

Señor Juez:

[Nombre], perito psicólogo designado de oficio en autos, con domicilio constituido en autos, a V.S. respetuosamente digo:

Que, habiendo aceptado oportunamente el cargo conferido y realizado las actuaciones necesarias para la realización de la pericia encomendada, incluyendo la correspondiente citación de las partes, y habiéndose tornado abstracta la producción de la prueba pericial como consecuencia del acuerdo arribado por las partes y la consecuente finalización del proceso, vengo a solicitar se regulen los honorarios correspondientes a la labor profesional efectivamente desarrollada.

A tal efecto, dejo constancia de que desde la aceptación del cargo y hasta la notificación de la finalización del proceso se realizaron las siguientes tareas: aceptación del cargo, toma de conocimiento de los puntos de pericia, organización de la tarea pericial y citación de las partes para la fecha oportunamente fijada.

Todo ello, conforme las pautas establecidas por la Ley 27.423 y, en particular, lo dispuesto respecto de los auxiliares de justicia cuya labor se ve interrumpida por la finalización anticipada del proceso.

Asimismo, atento a haberse depositado oportunamente un anticipo para gastos, solicito se tenga presente dicha circunstancia a los efectos que correspondan.

Por lo expuesto, solicito se regulen los honorarios correspondientes a la labor profesional desarrollada.

Proveer de conformidad,

SERÁ JUSTICIA.


lunes, 20 de octubre de 2025

¿Cómo evaluar la psicopatía en el ámbito forense?

 La psicopatía es uno de los conceptos más complejos y fascinantes dentro del psicodiagnóstico forense. Evaluarla no es solo un desafío técnico, sino también ético y clínico, porque nos obliga a comprender cómo ciertos rasgos de personalidad y modos de relacionarse con el otro pueden impactar en la conducta delictiva, en la reincidencia y en la peligrosidad. No se trata de un diagnóstico del DSM-5 en sí mismo, sino de un constructo que articula con los trastornos de la personalidad, especialmente el antisocial y el narcisista, y que demanda de los psicólogos forenses un abordaje riguroso y multifacético.

El fundamento de su evaluación radica en que la psicopatía no se limita a la conducta observable. Incluye aspectos profundos del funcionamiento psíquico: el déficit en la empatía, la manipulación, la frialdad afectiva y la dificultad para establecer vínculos genuinos. Es aquí donde el psicodiagnóstico forense encuentra su potencia: integrar pruebas clínicas, entrevistas y técnicas proyectivas para captar tanto lo manifiesto como lo latente.
En la práctica, los psicólogos forenses contamos con un abanico de recursos. La entrevista clínica forense es siempre la piedra angular, orientada a explorar historia vital, relaciones interpersonales y vivencias emocionales. Entre los instrumentos más reconocidos, se destaca la PCL-R de Hare (Psychopathy Checklist-Revised), considerada el gold standard para medir la psicopatía en contextos judiciales. Junto a ella, pueden utilizarse escalas como el MMPI-2, que aporta información sobre rasgos antisociales, narcisistas y tendencias manipuladoras.
En el terreno proyectivo, técnicas como el Test de Phillipson permiten evaluar el contacto con la realidad, la calidad del pensamiento y la capacidad empática, mientras que el Test de la Figura Humana, el Test de la Persona bajo la Lluvia y el Wartegg ofrecen indicadores de rigidez, agresividad latente, impulsividad y modos de manejar la tensión. En el Bender (adaptación Hutt) pueden aparecer distorsiones vinculadas a impulsividad y fallas en el control de los impulsos. El Cuestionario Desiderativo resulta útil para explorar defensas primitivas y ansiedades básicas que suelen estar presentes en la estructura psicopática.
La integración de estas técnicas nos da un mapa más amplio: no buscamos una etiqueta, sino comprender el estilo de personalidad, los mecanismos de defensa y el pronóstico de reinserción social. En definitiva, evaluar la psicopatía en psicodiagnóstico forense implica unir ciencia, clínica y ética para aportar claridad en escenarios donde las decisiones afectan directamente a la justicia y a la sociedad.

El Test de Wartegg

 El Test de Wartegg es una técnica proyectiva gráfica utilizada en psicología para explorar aspectos de la personalidad. Fue creado por Ehrig Wartegg en 1939 y consiste en un conjunto de 16 cuadros en una hoja, cada uno con un estímulo gráfico inicial (líneas, puntos o figuras geométricas). A partir de estos estímulos, el evaluado debe completarlos libremente, transformándolos en un dibujo.

¿Cómo se aplica?
  1. Material: Se entrega al evaluado una hoja con los 8 cuadros y un lápiz (generalmente HB o similar).
  2. Instrucción: Se le pide completar los cuadros dibujando lo que desee, pero siguiendo un orden que se indica (usualmente, numérico del 1 al 8 o en un orden libre, según la técnica del evaluador).
  3. Tiempo: El tiempo no suele ser limitado, pero se registra cuánto tarda en completar cada cuadro.
¿Qué evalúa?
El Test de Wartegg se utiliza para evaluar diversos aspectos de la personalidad:
  • Creatividad: Cómo transforma el estímulo inicial.
  • Manejo de límites: Qué tanto respeta o trasciende los márgenes de los cuadros.
  • Expresividad emocional: Reflejada en la temática y estilo de los dibujos.
  • Adaptabilidad: Representada en la capacidad de integrar el estímulo en una figura coherente.
  • Dinámicas internas: Como miedos, deseos, conflictos o patrones de conducta.
Interpretación
La interpretación del test requiere formación especializada. Se analizan:
  1. Elección del orden: Si sigue el orden numérico o decide otro, lo que puede indicar su estilo de pensamiento (ordenado, impulsivo, reflexivo).
  2. Contenido de los dibujos: Los temas representados reflejan áreas de interés, conflictos o preocupaciones.
  3. Trazos y formas: La presión del lápiz, el tamaño, el uso del espacio y otros detalles proyectan la seguridad, energía o inhibiciones del individuo.
  4. Símbolos: Elementos repetitivos o simbólicos que pueden tener un significado psicológico.
Ventajas del Test de Wartegg
  • Es rápido de aplicar.
  • Es versátil y se puede usar con niños, adolescentes y adultos.
  • Complementa otros instrumentos en un psicodiagnóstico.

Confiabilidad y validez

Confiabilidad: La confiabilidad depende mucho del sistema de corrección utilizado.
  • En sus versiones clásicas (psicoanalíticas o proyectivas libres), la confiabilidad interjueces es baja a moderada, dado el alto grado de interpretación subjetiva.

  • Sin embargo, versiones sistematizadas, como el Sistema de Evaluación Wartegg (WZT-6) desarrollado por Erich Mittenecker y revisado por Kinget, Crisi y otros autores, muestran coeficientes de confiabilidad más sólidos, por ejemplo:

    • Concordancia interevaluadores: entre 0.70 y 0.85 (Crisi, 2007; Crisi & Dentale, 2016).

    • Consistencia interna (α de Cronbach): entre 0.60 y 0.80, dependiendo de la muestra.

Validez:
  • Validez de constructo: moderada, especialmente cuando se analizan las variables formales (estructura, organización, secuencia).

  • Validez concurrente: investigaciones recientes muestran correlaciones significativas con el Rorschach (Sistema de Exner) y con el 16PF o el MMPI, especialmente en dimensiones de control emocional, introversión/extraversión y ansiedad.

  • Validez predictiva: limitada en su versión clásica, pero aceptable en la versión Crisi, sobre todo para predecir desempeño laboral o adaptación interpersonal.

En resumen, las versiones modernas (Crisi o Kinget sistematizada) tienen evidencia empírica suficiente para uso profesional, pero no alcanzan la robustez psicométrica de pruebas objetivas (como MMPI-2, PAI, 16PF).

Uso en contexto pericial

En el contexto pericial, la cuestión no es solo técnica sino también epistemológica y judicial:

🔸 Ventajas:
  • Permite explorar aspectos cualitativos de la personalidad difíciles de captar con tests objetivos (por ejemplo, defensas, impulsividad, modalidad de vínculo).

  • Ofrece indicadores proyectivos útiles para integrar en un conjunto de pruebas (junto al Rorschach, Bender, HTP, etc.).

  • Puede aportar coherencia cualitativa en la comprensión del sujeto y su modalidad de afrontamiento.

🔸 Limitaciones:
  • No puede sostenerse por sí solo como prueba pericial concluyente, por su menor respaldo psicométrico.

  • Su aceptación judicial depende del tribunal y del país; en Argentina, por ejemplo, se acepta si está debidamente fundamentado dentro de una batería y el informe aclara su naturaleza proyectiva.

  • Su uso debe estar enmarcado en un enfoque clínico y no diagnóstico-psicométrico exclusivo.

jueves, 18 de septiembre de 2025

¿Cuál es la posición en Argentina respecto al cultivo de marihuana?

 En Argentina no es ilegal cultivar y consumir marihuana en el ámbito privado para uso personal, siempre y cuando no haya afectación a terceros y no se esté promoviendo la comercialización. Esta postura se apoya principalmente en el fallo “Arriola” de la Corte Suprema (2009), que declaró inconstitucional penalizar la tenencia de drogas para consumo personal en el ámbito privado.

Sin embargo, hay matices importantes:

Lo que no se penaliza (según jurisprudencia):
  • Tener plantas o marihuana para consumo personal

  • Consumir en tu casa, sin afectar a otras personas

  • Si hay una cantidad razonable que no sugiere venta ni distribución

❗ Lo que sí puede generar problemas legales:
  • Tener una cantidad que supere lo considerado razonable para consumo personal

  • Tener plantas en cantidad o condiciones que sugieran tráfico o producción con fines comerciales

  • Fumar en espacios públicos, especialmente si hay menores o afecta a otros

  • Tener plantas a la vista de vecinos (puede haber denuncias)

  • Venta o entrega a terceros, incluso sin dinero de por medio

🌿 Ley 27.350 (Cannabis medicinal)

Además, desde 2020 existe un registro nacional de cultivadores (REPROCANN) que permite a personas inscriptas cultivar legalmente marihuana con fines medicinales, bajo receta médica. No aplica para uso recreativo, pero muchos pacientes lo utilizan para regularizar su cultivo.

Cultivar y consumir en tu casa, de forma discreta y para uso personal, no es penalizado hoy por hoy, pero no está expresamente legalizado para uso recreativo. Hay una zona gris, y el trato depende del contexto, la cantidad y la interpretación del juez si llegara a haber intervención judicial.

La cantidad que se considera "razonable" para consumo personal de marihuana en Argentina no está definida por ley de forma exacta, lo que deja margen a la interpretación judicial. Sin embargo, en la práctica judicial y policial, suelen considerarse varios factores para evaluar si se trata de tenencia para consumo personal o con fines de comercialización.

📦 Cantidad orientativa (según casos judiciales y práctica forense)

Aunque no es oficial ni uniforme, se suele considerar razonable:

  • Hasta 15-20 gramos de marihuana seca

  • 1 a 3 plantas en floración, si están en un entorno doméstico, sin indicios de venta (balanzas, frascos con etiquetas, dinero, envoltorios, etc.)

Estos valores varían caso por caso. Por ejemplo:

  • Si una persona tiene 40 gramos pero en un solo frasco y declara que es su consumo mensual, puede no haber delito.

  • Si alguien tiene solo 10 gramos pero también balanza de precisión y muchos envoltorios vacíos, puede sospecharse venta.

⚖️ ¿Qué más miran jueces y fiscales?
  • El contexto (escondido o exhibido, en un ámbito privado o público)

  • La conducta de la persona (cooperativa, antecedentes, uso recreativo o terapéutico)

  • El tipo de cultivo (doméstico o con signos de producción masiva)

  • Elementos asociados al narcomenudeo (listas, fraccionamiento, comunicaciones sobre venta)

🧑‍⚖️ Apoyo legal clave: Fallo Arriola (2009)

La Corte Suprema estableció que no se puede penalizar la tenencia para consumo personal en el ámbito privado, si no se afecta a terceros. Pero no definió cantidades. Eso queda a criterio de los jueces.

💡 Consejo

Si alguien cultiva para uso personal, lo ideal es:

  • No tener plantas a la vista

  • No acumular cantidades excesivas

  • Evitar tener elementos que puedan sugerir tráfico

  • Si hay un uso medicinal, considerar la inscripción en el REPROCANN

miércoles, 3 de septiembre de 2025

El perito psicólogo en el ámbito penal

 En el ámbito penal, el lugar del perito psicólogo es el de un auxiliar de la justicia. Su función principal es aportar un saber especializado en el campo de la psicología que permita al juez o tribunal comprender aspectos de la personalidad, el estado mental o las motivaciones de una persona, cuestiones que exceden al conocimiento jurídico.

¿Cuál es su lugar?
  • No es parte (ni acusación ni defensa): su rol es técnico, objetivo, orientado a esclarecer.

  • Actúa como perito de oficio (designado por el tribunal, que en este caso siempre es del Cuerpo Médico Forense) o como perito de parte (propuesto por la defensa o la fiscalía).

  • Su producción principal es el informe pericial, que puede ser oral en la audiencia o escrito, y debe basarse en métodos validados en psicología.

  • Su palabra no sustituye la decisión judicial, sino que la ilustra con fundamentos técnicos.

¿Para qué se convoca a un psicólogo forense en lo penal?

Algunas de las razones más frecuentes:

  1. Evaluar imputabilidad y capacidad: si el imputado comprende la criminalidad del acto y puede dirigir sus acciones (art. 34 del Código Penal argentino).

  2. Perfiles de personalidad y motivaciones: explorar rasgos psicológicos relevantes para el hecho o la peligrosidad.

  3. Riesgo de reincidencia o peligrosidad: estimar la probabilidad de nuevos delitos, en particular en casos de violencia o delitos sexuales.

  4. Credibilidad de testimonio: especialmente en víctimas menores de edad o en casos de delitos sexuales.

  5. Daño psíquico: en víctimas de delitos, determinar secuelas emocionales.

  6. Acompañamiento y contención: en Cámara Gesell u otras instancias, protegiendo a la víctima durante la declaración.

  7. Capacidad procesal: verificar si la persona está en condiciones psíquicas de afrontar un proceso penal.

En síntesis, el perito psicólogo es convocado para traducir lo psíquico en términos técnicos útiles al derecho, permitiendo que la justicia valore mejor la responsabilidad, la verdad de los testimonios y las consecuencias del delito.

sábado, 9 de agosto de 2025

Cómo evaluar aptitudes parentales (en Argentina)

Existen técnicas y cuestionarios específicos para evaluar aptitudes parentales y competencias parentales, y algunos de ellos han sido validados en Argentina o se utilizan con frecuencia en contextos periciales y clínicos del país. Estos son algunos de los más relevantes:

1. Inventario de Estilos de Crianza (IECI)
Autores: Musitu, García y Gutiérrez (adaptado en Argentina por diferentes autores)
Qué evalúa: Cuatro estilos parentales (autoritativo, autoritario, indulgente y negligente).
Validez en Argentina: Se ha utilizado en investigaciones y tesis universitarias argentinas, con buena adaptación cultural.
Uso: Permite evaluar cómo los progenitores ejercen su rol, especialmente en cuanto a afecto y control.

2. Cuestionario de Evaluación de la Parentalidad Positiva (CEP)
Autores: Rodrigo et al. (España), pero ha sido adaptado en Argentina por investigadoras como Florencia Luna y grupos de la UBA.
Qué evalúa: Dimensiones de la parentalidad positiva: afecto, comunicación, supervisión, disciplina positiva, promoción de la autonomía.
Ventajas: Focalizado en la evaluación de prácticas saludables, con base en los modelos de protección infantil.
Disponibilidad: En publicaciones de la UBA y CONICET.

3. Cuestionario de Evaluación de la Competencia Parental (CECP)
Qué evalúa: Percepción de autoeficacia y satisfacción en el rol parental.
Validez: Usado en varios países hispanoparlantes; en Argentina ha sido empleado en contextos clínicos, aunque con menor validación formal que el IECI o el CEP.
Útil en: Casos de intervención psicoeducativa o pericias para evaluar seguridad subjetiva en el rol materno/paterno.

4. Escala de Clima Familiar (FES de Moos) – Versión Argentina
Qué evalúa: Dinámicas familiares, incluyendo relación, desarrollo personal y control.
Uso en parentalidad: Aunque no evalúa "aptitudes parentales" directamente, permite ver el impacto del estilo parental en la estructura familiar.
Validación: Existe versión adaptada y validada en Argentina por la Facultad de Psicología de la UBA.

5. Técnicas Proyectivas (uso complementario)
Si bien no son cuestionarios, muchas veces se utilizan:
Test de la Familia
Test del Dibujo de la Figura Humana
Test de Vínculos (Berenstein y Puget)
Test Desiderativo, Rorschach, etc.
Estos pueden contribuir a evaluar representaciones internas del rol parental, modelos de crianza internalizados, etc. No sustituyen a los cuestionarios, pero sí los complementan en pericias.

Recomendaciones bibliográficas:
"Evaluación de la Competencia Parental", Rodrigo, B., Máiquez, M.L. (España) — hay adaptaciones usadas en Argentina.
Tesis de la UBA (Psicología o Trabajo Social) — donde suelen aparecer adaptaciones y validaciones nacionales.
Revistas como Interdisciplinaria o Anuario de Investigaciones (UBA) — tienen artículos con pruebas validadas.

lunes, 2 de junio de 2025

Peritos ¿Qué hacer si se cita al actor y éste no comparece en repetidas ocasiones?

En el contexto procesal civil (y dependiendo de la jurisdicción en la que estés), si el actor es citado en reiteradas ocasiones por el perito para la realización de una pericia médica, psicológica u otra y no concurre, esa conducta puede ser interpretada como una obstaculización del proceso o una falta de colaboración con la prueba. En tal caso, el abogado de la parte contraria o incluso el perito pueden:

1. Solicitar al juez que tenga por desistida la prueba pericial
  • Fundado en la incomparecencia reiterada del actor.

  • Se puede pedir que se tenga por desistida la prueba a su cargo o incluso que se declare ficta la pericia, si la ley lo permite, lo cual puede implicar tenerla por no realizada por exclusiva culpa del actor.

2. Pedir sanciones procesales
  • Algunos códigos procesales (como el de Buenos Aires o el nacional argentino) permiten que se impongan sanciones por incumplimiento de cargas procesales.

  • Puede pedirse que el juez intime al actor bajo apercibimiento de lo que en derecho corresponda.

3. Hacer constar el incumplimiento
  • Es importante que el perito deje constancia escrita en el expediente de cada citación no atendida, indicando fechas y medios de notificación.

4. Pedir la fijación de una audiencia judicial
  • En ciertos casos, puede pedirse que el juez fije audiencia para que el actor concurra, con auxilio de la fuerza pública si fuera necesario.

Un caso:

Durante el desarrollo de la etapa probatoria, la perito psicóloga designada procedió a citar en cinco oportunidades a la Sra. Carolina Pérez para la realización de la pericia psicológica. Las citaciones se enviaron mediante correo electrónico y telefónicamente, en los datos de contacto provistos por el abogado de la actora. En ninguna de las oportunidades la actora compareció, ni justificó su inasistencia ni solicitó reprogramación.

Nota que presenta la perito al juzgado

Buenos Aires, (fecha)
Señor Juez:
Mariana Gutiérrez, Licenciada en Psicología, perito de oficio designada en autos: “Pérez, Carolina c/ Clínica Buenavista S.A. s/ daños y perjuicios” (Expte. 45.321/2024), a V.S. me presento y respetuosamente digo:

Que en cumplimiento del cargo pericial conferido por este Juzgado, procedí a citar a la actora, Sra. Carolina Pérez, en cinco oportunidades (fechas: 5/3/2025, 18/3/2025, 3/4/2025, 15/4/2025 y 29/4/2025), mediante los canales de comunicación informados en autos por su letrado patrocinante.

Que en ninguna de dichas oportunidades la Sra. Pérez compareció a la entrevista, ni justificó su inasistencia ni solicitó reprogramación alguna. Se deja constancia de que las citaciones fueron debidamente notificadas, y que no se recibió respuesta alguna por parte de la actora ni de su representación letrada.

Por lo tanto, informo a V.S. que no ha sido posible realizar la evaluación psicológica encomendada por causas que no me son imputables, quedando a disposición del Tribunal respecto de los pasos a seguir.

Sin otro particular, saludo a V.S. atentamente.
Lic. ..............
Perito Psicóloga – M.N. ........

lunes, 26 de mayo de 2025

Grafología forense: ¿Qué nos dice la carta hallada del caso de Villa Crespo?

 Una tragedia conmocionó al barrio porteño de Villa Crespo esta semana: Laura Fernanda Leguizamón, de 51 años, asesinó a su esposo y a sus dos hijos adolescentes antes de quitarse la vida. El hecho ocurrió en el departamento 6A de un edificio ubicado en la calle Aguirre al 200. Los cuerpos fueron descubiertos por la empleada doméstica de la familia, quien al ingresar al domicilio encontró el cuerpo de uno de los adolescentes en el pasillo, obstruyendo la puerta de entrada.

Las víctimas fueron identificadas como Bernardo Adrián Seltzer, de 53 años, y sus hijos Ian e Ivo, de 15 y 12 años respectivamente. Según los informes forenses, Seltzer fue apuñalado tres veces en el pecho mientras dormía. Los adolescentes recibieron entre 10 y 12 puñaladas cada uno, presentando heridas en la espalda y signos de defensa, lo que indica que intentaron escapar del ataque.
El cuerpo de Leguizamón fue hallado en el baño, con una herida mortal en el pecho y cortes autoinfligidos en las muñecas. En la escena del crimen se encontraron dos cuchillos, presuntamente utilizados en los homicidios, y una carta escrita a mano con frases incoherentes como “Todo mal, fue mucho. Los amo. Mal. Perverso”, lo que sugiere un estado mental alterado.


Fuentes cercanas a la familia indicaron que Leguizamón había tenido episodios psiquiátricos en el pasado y estaba bajo tratamiento médico. La investigación, a cargo del fiscal César Troncoso, continúa para esclarecer los detalles de este trágico suceso que ha dejado una profunda consternación en la comunidad.
Analisis grafologico.
En principio lo mas significativo es la desestructuración del espacio, como si la escritura se desmembrara, Ya que tenemos una escritura macrográfica central y una repartición de frases sueltas en los cuatro márgenes.
Esto implicaría que al momento de escribir había una alteración en el curso del pensamiento.
También es significativo el gran espaciamiento entre letra y letra en el texto central que indica un elevado nivel de ansiedad y disociación entre el pensar y el sentir y en la conexión con el mundo externo. Simbolicamente cada letra representa al ”Yo” en una palabra y la próxima letra representa al “otro”, es decir hay una dinámica permanente sujeto-objeto.
Por otro lado vemos que los textos laterales se escriben en dirección ascendente, esto da un estado o fase maniaca en donde hay una gran excitabilidad emocional y alejamiento de la realidad.
En la tensión y presión de la escritura vemos trazos vemos trazos temblorosos, arrítmicos, deformando un poco la estabilidad de la forma. Hay algunos trazos disparados en forma diagonal y masivos, es decir muy alimentados de tinta. Esto indica alteración en el sistema nervioso, agresividad y hostilidad que se dirige en forma violenta al exterior.
Es significativo en la frase “Los Amo”, el tamaño aumentado en “Los” y en la A de “Amo” vemos un gesto maniático, ya que a la letra A le hace un agregado que es un trazo que se contrapone, esto lo relacionamos con la intrusión mental de un pensamiento que se contrapone con otro. La inclinación es invertida hacia la izquierda que nos denota un aspecto regresivo y de aislamiento.
El contenido discursivo del relato presenta características paranoides.
La angulosidad en la letra “m” da cuenta de una gran tensión interna y significativa considerando que la letra m es refleja del Yo, al familia y lo social.
Podemos decir que hay una descompensación de carácter psicótico que la llevo a matar a su familia.