jueves, 8 de octubre de 2020

Ética profesional: ¿Qué es el consentimiento informado?

El concepto tiene una doble connotación significativa. Una atañe al ámbito del derecho y atiende al sentido que tiene los “derechos personalísimos” del ser humano. La otra, atañe a la calidad del sentir profundo que toda persona tiene de sí misma, de su propio ser y que toma cuerpo en su propia dignidad.

Desde el punto de vista del derecho es la expresión de la voluntad del paciente respecto de la práctica que se le debería realizar, fundada en lo informado por el profesional con relación a su estado de salud, tratamientos o estudios necesarios.

Desde el punto de vista médico es un acuerdo voluntario, un acto de la razón y de la conciencia no basado en fraude, compulsión o error. Consentimiento, aquiescencia, ascenso o anuencia, son sinónimos que describen el acuerdo entre las partes, previa comprensión de la conducta médica que le es propuesta a quien debe ser sometido a un acto médico, cualquiera sea su naturaleza. Procura el respeto por la dignidad de la persona y el cuidado de su integridad, con el sustrato de la promoción del bienestar para la comunidad.

La práctica del consentimiento informado:

Consiste en la presentación de un formulario que contiene una redacción impresa en la que el interesado declara conocer el tratamiento al que va a ser sometido y que lo autoriza.

Debe surgir como consecuencia de una relación médico-paciente que mantenga una comunicación permanente. La información debe ser efectuada con lenguaje comprensible y debe estar adaptada al nivel intelectual del interesado.

Según cómo se establezca esta comunicación, la relación médico-paciente puede tener un sentido vertical u horizontal. Cuando el médico funciona como una autoridad paternal se apoya en la superioridad del profesional y la relación adquiere un carácter vertical; esto lo induce a absorber toda la responsabilidad de las consecuencias por el resultado del tratamiento. Si en cambio, el médico se ubica en una relación fraternal igualitaria con el enfermo, se establece una horizontalidad en el vínculo y permite que la responsabilidad sea asumida por ambos.

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