I. La interpretación clínico-jurídica de la locura
Procediendo con riguroso método en el desarrollo de nuestro tema, hemos establecido algunas proposiciones que nos servirán de guía para estudiar las formas clínicas de la locura simulada.
Hemos dicho que este fenómeno obedece a un propósito defensivo del delincuente en su lucha contra las instituciones jurídico-penales del ambiente en que vive; esas instituciones consideran responsable al delincuente no alienado e irresponsable al delincuente alienado; por ese motivo el primero simula el estado mental del segundo, para no ser responsabilizado de su delito y eludir la represión penal.
Vimos también que cada país y cada época aprecia diversamente la alienación mental; el criterio se refleja en los artículos del Código que determinan la irresponsabilidad penal, y, mejor todavía, en el criterio corriente para su interpretación. Actualmente -decíamos- en todos los países civilizados la ley reconoce jurídicamente irresponsables a los individuos que padecen una forma clínica determinada de locura; los estados de anormalidad o desequilibrio no confieren irresponsabilidad penal, y no reportan beneficio alguno. En esas condiciones, el delincuente procura simular los síntomas de formas clínicas que suelen considerarse típicas; el perito, subordinando su opinión al criterio legal; sólo puede excluir la responsabilidad cuando la sintomatología del enfermo llena ciertos requisitos. Los peritos -en todo el mundo- se consideran obligados a precisar ante el juez su diagnóstico, o declaran al sujeto mentalmente sano; el estado intermedio (la degeneración mental sin episodios concretos, los fenómenos psicasténicos, el estado mental del sectario, del pasional o del disbúlico, que tantas veces son determinantes inevitables del delito), no puede ser declarado "locura" en el sentido que ésta tiene en el Código, viéndose precisados a declarar sano al sujeto a pesar de su anormal actividad psicológica con relación al crimen. Por eso a ningún delincuente le conviene simular fenómenos psicopáticos aislados o de detalle, pues el perito no los toma en cuenta desde el punto de vista legal, aunque aprecie debidamente su carácter psicopático.
Este hecho confírmase por la simulación, cada día más general, de la epilepsia y de la histeria, ya en formas delirantes, alucinatorias o impulsivas, ya en formas simplemente convulsivas. En estas últimas no existen trastornos mentales, ni siquiera fenómenos psicopáticos que autoricen a considerar como verdaderos alienados a tales sujetos; sin embargo, en los últimos años, tanto en el espíritu de los jueces como en la jurisprudencia,
se viene arraigando la idea de la irresponsabilidad de estos enfermos, por presentar muchos de ellos un "estado mental" con caracteres definidos, que los expone a la criminalidad. Esa tendencia a considerarlos irresponsables hace cada día más frecuente su simulación entre procesados, como medio de lucha contra el ambiente penal; y más aún que simuladas, la epilepsia, la histeria y estados análogos, suelen ser simplemente alegadas por hábiles abogados defensores.
Esta razón coloca a esas neurosis, aun en sus formas puramente convulsivas, más cerca de la "locura" que los fenómenos psicopáticos no referibles a una forma clínica dada; esto se debe a que ellas, jurídicamente, van conquistando la irresponsabilidad, y por su utilidad equivalen a las formas de locura que llamamos clínico-jurídicas .
II. Formas clínicas de la simulación
Las formas clínicas suelen ser simuladas en diversa proporción; debe ello atribuirse a la heterogeneidad de factores que pueden determinar al simulador a disfrazarse con la máscara de una manía aguda, de una confusión mental, etcétera.
En general, la característica más importante es que la simulación suele tener un aspecto más sintomático que nosológico; en cada caso los síntomas aparecen combinados de manera especial; en algunos sujetos se observan síntomas que serían contradictorios dentro de un tipo nosológico dado, constituyendo un verdadero problema la clasificación del conjunto. Se comprende fácilmente que las formas de simulación pueden dividirse en dos grandes grupos; formas excitadas y deprimidas ; este criterio, citado después por otros autores, parece haber sido el de Pelman, quien consideraba como formas comunes la "imbecilidad" y el "delirio maníaco". En la actualidad esos términos corresponden a tipos nosológicos definidos, más bien que a estados sintomáticos generales; el concepto de Pelman sólo resulta aproximadamente exacto si se interpreta su "imbecilidad" como conjunto de formas sintomáticas depresivas y su "delirio maníaco" como conjuntos de formas excitadas. Más tarde, con distinto criterio, también exacto en parte, otros autores dividieron las locuras simuladas en parciales y totales ; su significación se comprende sin ulteriores explicaciones. Alguien intentó dividirlas en activas y pasivas , comprendiendo entre las primeras a las excitadas, delirantes y alucinatorias, y entre las segundas a las deprimidas, confusionales y apáticas. Fustner, en un trabajo interesante, recuerda que Biswanger dividía las locuras simuladas en tres categorías, puramente sintomáticas: 1º, confusiones estuporosas; 2º, frenosis alucinatorias o ansiosas; 3º, manías furiosas. Esa división parece inexacta e insuficiente a Furtner, que propone reemplazarla por esta otra, en cuatro grupos: 1º, simuladores de formas depresivas, a veces con estupidez, apatía y mutismo, o bien con lenguaje y conducta estúpida e incoherente; 2º, simulación que presentan confusión o pérdida de la conciencia, anterior al momento de delinquir, acompañada o no de ilusiones sensoriales; 3º, simuladores de tipo polimorfo, con fenómenos psicopáticos irregulares, cuyos síntomas carecen de unidad nosológica y se alternan entre sí; 4º, simuladores de formas excitadas, presentando confusión, conducta maníaca, tendencias a ejecutar actos violentos, etcétera.
Esa clasificación fue en su época la mejor. Puede reemplazarse hoy por la que proponemos en seguida; además de su completa claridad, corresponde mejor a los hechos clínicos. Los cinco grupos que la componen no representan entidades nosológicas, sino hechos sintomáticos (síndromes); el aspecto irregular e indefinido de la locura simulada hace más exacta las agrupaciones sintomáticas, oscilando libremente las diferencias y particularidades propias de cada caso. De esos grupos quedan excluidas ciertas formas nosológicas imposibles de ser eficazmente simuladas, por los signos físicos que las acompañan, verbigracia la parálisis general progresiva, de cuya simulación se refieren dos o tres casos en toda la literatura psiquiátrica, aunque muy discutibles. Un simulador, por ejemplo, podría al mismo tiempo tener ciertos signos físicos de alcoholismo, resultando un conjunto que hiciera pensar en la locura paralítica. Pero en ese caso no hay simulación de los signos físicos, siendo lo único simulado los fenómenos mentales. En la observación clínica, los casos de simulación de la locura se presentan con caracteres que permiten referirlos a uno de los siguientes grupos:
1º Estados maníacos, generales.
2º Estados depresivos, generales.
3º Estados delirantes o paranoicos.
4º Episodios psicopáticos, sobre fondo neuropático.
5º Estados confuso-demenciales. (demencia, ver acá)
Examinaremos por separado esos grupos, ilustrándolos con breves historias clínicas de casos originales.
Conclusiones
Los delincuentes que intentan eludir la represión penal simulan formas clínico-jurídicas de alienación y no simples anormalidades atípicas, pues sólo las primeras confieren la irresponsabilidad penal.
Las formas simuladas pueden referirse a cinco grupos de síndromes: maníacos, depresivos, delirantes o paranoides, episodios psicopáticos y estado confuso-demenciales. Por orden de frecuencia encuéntranse los fenómenos delirantes o paranoicos (27 por 100), los síndromes maníacos (25 por 100), los síndromes depresivos (17 por 100), los estados confuso-demenciales (17 por 100) y los episodios psicopáticos (13 por 100). Suele, excepcionalmente, observarse la simulación de la locura en ex alienados, así como el enloquecimiento de los simuladores.
Las locuras simuladas carecen, generalmente, de unidad nosológica.
Fuente: José Ingenieros (2003) “Formas clinicas de la simulación”
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