viernes, 13 de septiembre de 2019

Trata con fines de explotación sexual: mitos y mirada de género.


He aquí algunos mitos respecto de la trata con fines de explotación sexual, con la idea de ponerlos bajo la lupa y de tomarlos como ejemplo de las complejas aristas de la trata que permanecen invisibles para la mayoría de la gente.

Entendemos por mito al conjunto de creencias construidas desde la idealización o fantasía que se generan para explicar una situación y que luego se aplican a todas las situaciones similares. Son narraciones o explicaciones en base a creencias que se reproducen generalmente de forma oral y que constituyen dichos o expresiones que se consideran verdaderas, no se ponen en duda, se repiten casi sin pensarlas y se siguen transmitiendo de una generación a otra.

Veamos a continuación algunos mitos que sostienen la trata con fines de explotación sexual:
  • La mayoría de las mujeres que están en los prostíbulos, es porque les gusta.
  • Es natural que los varones paguen por sexo, ya que no pueden controlar sus impulsos sexuales.
  • La víctima de trata pide ayuda.
Breve introducción a la mirada de género ¿A qué nos referimos cuando hablamos de género?

Cuando hablamos de género nos referimos a las representaciones y valoraciones de lo femenino y de lo masculino, las normas que regulan sus comportamientos, las atribuciones a cada sexo y la división sexual del trabajo. Todo ello, producto de complejas construcciones sociales y culturales que se elaboran a partir de las diferencias sexuales y que constituyen modos de significar relaciones de poder y de estructurar relaciones sociales en sus planos simbólicos, normativos, institucionales así como la subjetividad individual.

Socialmente, se suele pensar al género femenino como cariñoso, dulce, sensible, maternal, delicado; y al género masculino como inquieto, fuerte, ágil, sexualmente activo, inteligente. Lo curioso es que no importa mucho qué sucede realmente en cada persona en particular; sin embargo existe una idea generalizada y reproducida a lo largo de los distintos momentos históricos acerca de los modos de ser mujer o varón en una sociedad determinada.

Estas generalizaciones son “estereotipos de género”, es decir representaciones que se “cuelan” en todas las áreas de la vida. Desde que alguien nace, la cultura, el lenguaje, la vida afectiva va inculcando ciertas normas y valores profundamente tácitos en la sociedad. Estas normas y valores son dados por “naturales” y, por lo tanto, no se cuestionan. De una manera no consciente, las personas van aprendiendo y reproduciendo en el andar cotidiano estas representaciones, incorporándolas a sus vidas.

Las relaciones de género están atravesadas por la lógica patriarcal (1) que históricamente ha instalado una desigualdad de poder entre varones y mujeres y que resulta muy difícil de deconstruir, por ejemplo, estableciendo una distribución más igualitaria de las tareas de la casa con la pareja, el cuidado de los/as hijos/as, así como de las tareas en el trabajo y en otros espacios.

En este sentido, por ejemplo, la mujer ha sido preparada para asumir un papel de subordinación que la sociedad impone como “lo natural”, como lo que debe ser, y que refuerza los lugares de objetivación en los que luego las mujeres son puestas, que impiden su efectivo acceso y goce de derechos. Las múltiples propagandas que presentan a las mujeres como productos a consumir al lado de otros productos como autos, televisores, o cualquier objeto, equiparándolas a éstos, constituyen un claro ejemplo. Aunque en la actualidad se ha avanzado mucho en materia de igualdad de género, aún queda mucho por recorrer.

Comprender la perspectiva de género de este modo nos permite pensar, por ejemplo, que:
  • Ningún atributo asignado a lo femenino y a lo masculino es inmutable e inmodificable.
  • Cada sociedad tiene sus propias definiciones de género.
  • En las diversas sociedades pueden coexistir distintos sistemas de género asociados a las diversidades culturales que las caracterizan.
  • Los factores sociales y culturales pueden afectar de diversas formas las maneras en que, al interior de una sociedad, se organizan las relaciones, los roles, lugares y los estereotipos de género: etnia, religión, sexualidad, pertenencia a una clase o a un grupo de edad, etc.
  • El género es una cuestión que involucra a toda la sociedad y modificar la situación de desigualdad, inferioridad de condiciones y oportunidades es posible con la participación de todos y todas.
Por lo tanto,

No hay razones biológicas o anatómicas para suponer que el género femenino es “peor”, “menos”, “inferior” que el masculino, ni lo contrario. Suponer esto ha servido, a lo largo de la historia, para justificar la desigualdad social. Desigualdades que son relaciones de poder donde las mujeres han quedado en inferioridad de condiciones que implican diversos tipos de violencias.

Ahora bien, pensemos en la violencia de género y en cómo se relaciona con el tema que nos convoca que es la trata con fines de explotación sexual.

La trata con fines de explotación sexual es una de las más aberrantes violaciones de los derechos humanos, donde la violencia de género (5) es llevada a su extremo. En estas prácticas, las mujeres son ubicadas en un lugar de subordinación y son despojadas tanto de su poder de decisión como de su autonomía. Las relaciones que se establecen entre las mujeres, los proxenetas y los hombres que pagan por sexo siempre son relaciones de desigualdad, de asimetría de poderes. Tanto proxenetas como quienes pagan por sexo consideran a las víctimas como objetos de su propiedad, a quienes han comprado y/o alquilado.

Como dice Graciela Vargas, “...los derechos sexuales están íntimamente ligados a los derechos humanos. El derecho a vivir una sexualidad sin violencia, sin coerción, sin discriminación y con respeto a la integridad física y psíquica, dentro de relaciones de igualdad, mutualidad, principios de equidad, placer mutuo, responsabilidad y justicia, es un derecho inalienable e irrenunciable”.(3)

En el plano sociopolítico, la trata también constituye una de las más graves violaciones a los derechos humanos, entre los que se pueden destacar los derechos a: no sufrir esclavitud o servidumbre forzada; no sufrir prácticas de tortura u otras formas de trato inhumano o degradante; a la vida; a la libertad; a la dignidad; a la identidad; a la salud; a una vivienda digna en condiciones de seguridad; a no ser discriminada por razón de género; a un trabajo justo y en condiciones favorables, entre otros. Por eso ha sido tan importante la sanción de la ley 26485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.

Esta ley ha permitido enunciar las múltiples formas de violencia por las que atraviesan las mujeres como así también los diferentes ámbitos, desnaturalizando de este modo, las desigualdades de género y contribuyendo también a visibilizar y combatir el delito de trata.

Para profundizar en el análisis de la Ley 26485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, les acercamos el siguiente link.

Asimismo, la incorporación al código penal de la figura de femicidio, aporta a lo antes mencionado demostrando que las mujeres mueren en manos de sus parejas, ex parejas, novios, amantes, etc., por el solo hecho de ser mujeres, llevando a la máxima expresión la violencia de género.

Para profundizar sobre esta incorporación, sugerimos visitarla.

Es importante mencionar que el Órgano de aplicación de la ley 26485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, es el Consejo Nacional de la Mujeres. Este Consejo entre las diversas acciones realizadas en la materia, ha implementado la Línea 144 de atención telefónica a las víctimas de violencia de género, destinada a dar contención e información y a brindar asesoramiento sobre los recursos existentes en materia de prevención de la violencia contra las
mujeres, a nivel local y provincial. Para mayor información sugerimos dirigirse a la página Web del Consejo Nacional de la Mujeres:

Notas: 
(1) Cuando hablamos de patriarcado nos referimos a una "forma de organización política, económica, religiosa y social basada en la idea de autoridad y liderazgo del varón, en la que se da predominio a los hombres sobre las mujeres; del marido sobre la esposa; del padre sobre la madre, los hijos y las hijas; de los viejos sobre los jóvenes y de la línea de descendencia paterna sobre la materna" Varela, N. (2005): Feminismo para principiantes, Barcelona (España), Ediciones B.

(2) Cuando hablamos de violencia de género nos referimos a todo acto violento dirigido hacia una mujer por el hecho de serlo. La violencia tiene lugar cuando una persona ejerce poder sobre otra intentando controlar la relación e imponer su propia voluntad en perjuicio del otro/a. Es decir, la violencia se
relaciona con una asimetría de poder, y las mujeres son las que, estructuralmente, suelen ocupar el lugar de inferioridad en las relaciones de poder.

(3) Vargas Graciela “Enfoque de género y derechos humanos en el tema trata y tráfico de personas” en “Se trata de Nosotras” Las Juanas Editoras, Ediciones Sudestada de Bolsillo / Colección Nuestros Derechos, Buenos Aires, 2013.

Fuente: INAP, Conceptos básicos sobre trata de personas, Unidad 2.

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