jueves, 23 de julio de 2020

¿Qué es la emoción violenta para la psicología?

Introducción: Emoción violenta. Definición y planteo del problema.
Puede existir la tentación de considerar al homicidio en estado de emoción violenta como una potestad única y exclusivamente jurídica hasta que, desde el psicoanálisis, se interroga la mencionada figura legal, teniendo en cuenta la dimensión de sujeto y su posición frente al Otro, la angustia frente a la pregunta fundante por el deseo del Otro y las alternativas para evitarla, como podría ser el pasaje al acto. ¿De qué se habla, en psicoanálisis, cuando el discurso jurídico se refiere a la emoción violenta?
La sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional (1990) definió a la emoción violenta como “[…]un estado psíquico de duración breve que obnubila la conciencia y perturba la voluntad por conmoción del ánimo originada debido a una situación externa. Es un fenómeno súbito y explosivo caracterizado por la rapidez y el ímpetu con que surge y domina.”. 
La figura jurídica del Homicidio Emocional se encuentra en el art. 81 de Código Penal Argentino, el cual dice: “Se impondrá reclusión de 3 a 6 años o prisión de 1 a 3 años: a) al que matare a otro, encontrándose en un estado de emoción violenta y que las circunstancias hicieren excusable”. Se trata de un delito de homicidio, con sus caracteres de acción antijurídica, típica, culpable y sancionada con una pena.
Cuando la emoción violenta se hace presente en un homicidio, el fenómeno resulta polémico, especialmente cuando aparece en casos relacionados a la violencia conyugal, cuyas principales víctimas son las mujeres. Marie-France Hirigoyen (2006) expone que la violencia de género representa una de las principales causas de mortalidad de la mujer y en Estados Unidos, 70% de las mujeres asesinadas mueren en manos de su pareja o expareja. Para la autora, alrededor de los crímenes pasionales se percibe una circunstancia atenuante, fomentadas por las noticias de los periódicos hacia sus lectores. Agrega que incluso, durante los juicios se aprecia una secreta benevolencia hacia el criminal y una malevolencia inconsciente hacia la víctima, a la cual se le esgrime la provocación hacia el actor para atenuar su responsabilidad. Siguiendo a Hirigoyen, el asesinar al cónyuge por un acto impulsivo, como en la emoción violenta, muchas veces tiene un trasfondo de violencia y celos en el que un solo incidente basta para provocar el drama. (p. 25)
Según la Dra. en Filosofía Diana Cohen Agrest (2012), la figura de la emoción violenta, invocada en casos de violencia de género, es un resabio de sociedades con códigos ancestrales salvajes, en donde la mujer era depositaria del honor familiar. 
En el Estado de Derecho de los países democráticos, esa figura ancestral se fue desligando del honor mancillado. Subsiste como una tipificación que no exonera al criminal de culpa y cargo, pero le atenúa significativamente la pena, atenuante explicable sólo porque persiste vigente aunque enmascarada la premisa de que la mujer es una propiedad del hombre.” (Cohen Agrest, Diana, 2012, p.27)
A partir del caso del homicidio de Wanda Taddei, quemada por su marido E. Vasquez, se comenzaron a escuchar otros discursos críticos de la figura de emoción violenta. Consultada por el Equipo de Policiales de Tiempo Argentino (2012) ante la repercusión del caso, la abogada María Florencia Arietto sostuvo que la emoción violenta “es un atenuante de la pena muy difícil de probar. En el caso de Vásquez, si hubiera padecido emoción violenta, no la hubiera tapado después de prenderla fuego”. En la misma nota, el psiquiatra forense Alfredo Feijo consideró que la emoción violenta “no es un diagnostico medico sino que es una potestad jurídica. Es decir, es algo que se utiliza para justificar o no una conducta penal. En psiquiatría forense suele utilizarse el concepto equivalente de emoción inconciencia, que tiene varias condiciones: debe ser breve, cometida en pocos minutos. El que alega haber padecido ese término, debe haber cometido un acto breve y simple, no haber incurrido en conductas complejas que se prolonguen en el tiempo.”
¿De qué se trata la emoción violenta como potestad jurídica? Se refiere al Trastorno Mental Transitorio, una figura que apareció por primera vez en Código Penal Español de 1932.
Según el Psiquiatra y Dr. en Medicina Juan Carlos Romi (1999) Los TMT son estados de perturbación mental pasajeros y curables, debidos a causas ostensibles sobre una base patológica probada, cuya intensidad puede llegar a producir trastornos en la comprensión y la voluntad y por ende, la consiguiente repercusión en la imputabilidad.” (p.113) Acerca de la base patológica probada, el Dr. Romi explica que se refiere a la existencia de un terreno predisponente, pero que no es indispensable a partir de 1935. Sobre las causas que lo originan, se ubican fenómenos exógenos o vivenciales, o endógenos de carácter patológico. 
El Trastorno Mental Transitorio cabe no sólo para las situaciones en las que hay inconciencia (T.M.T. completo), sino también para aquellas en las que la conciencia se mantiene (T.M.T. incompleto), siempre que en estas circunstancias el sujeto no pueda dirigir sus acciones. Se refiere también a situaciones fugaces, como el estado crepuscular del sueño o delirio febril y la sugestión hipnótica. (Marinetti, 1990, p. 260)
Se admite entonces un T.M.T. con conciencia y otro con inconciencia; además, un T.M.T. con estado crepuscular, requiriéndose al principio de su estudio, una base psicopatológica probada. Esta división se propuso en Argentina, por primera vez en el Proyecto Peco, de 1941, admitiendo una forma patológica y otra no patológica.
El Proyecto oficial del Código Penal de 1951, admite la figura del T.M.T., sin discriminar entre patológico y no patológico, aceptando ambas formas. El T.M.T. como eximente de pena, sólo debe admitirse cuando se asienta en una personalidad desadaptativa, en un sujeto de fondo patológico.
Surge plena la responsabilidad penal del acusado por homicidio, si el T.M.T. padecido por el actor carece de base patológica. (Marianetti, 1990, p. 261)
Al hablar de las complejidades de la emoción violenta, la psicología resulta un campo de mucho interés para prestar auxilio al jurista y a las partes, porque determinar la presencia de este factor, puede atenuar considerablemente la pena en los homicidios y lesiones. (Del Popolo, 1996). 
Los discursos expuestos evidencian cómo la ley sigue intentando darle un marco simbólico a este real. En este sentido, se observa que las distintas disciplinas jurídicas, psiquiátricas y hasta filosóficas, plantean con qué regulación, o de qué manera se podría abordar el homicidio en estado de emoción violenta. Además de los mencionados discursos, desde el psicoanálisis también pueden efectuarse diferentes precisiones sobre el tema.
El ser humano y su relación con la cultura
El ser humano nace dentro de una cultura que le precede. Cultura, definida por Freud como “todas las actividades y los bienes útiles para el hombre” (Freud, 1930, p. 3033). Para Freud, se reconoce el elevado nivel cultural de un país cuando éste logra disponer todo para la mayor utilidad de los hombres, ya sea la protección de los mismos frente a las fuerzas elementales de la naturaleza o la explotación de los recursos. (Freud, 1930, p.3034) Entre las exigencias culturales, el orden, la limpieza, la belleza y la justicia ocupan un lugar privilegiado.
En 1908 Freud había afirmado que “nuestra cultura descansa totalmente en la coerción de los instintos”. (p.1252).  Todos los hombres renuncian a una parte de sus tendencias pulsionales a cambio de los bienes materiales e ideales, que son propiedad de la cultura. 
En tanto se es miembro de una familia o un Estado, las relaciones de los hombres entre sí están reguladas. Freud indica que si el intento hubiera sido omitido, éstas habrían quedado al arbitrio del sujeto más fuerte, quien hubiera fijado las normas según su conveniencia y tendencias pulsionales. (Freud, 1930, p.3036) Los hombres se mantienen unidos en una mayoría que le hace frente al poderío individual, tachado de fuerza bruta, constituyendo el Derecho. Mientras que el sujeto aislado no reconoce restricciones, los miembros de una comunidad restringen sus posibilidades de satisfacción a cambio de limitar la fuerza bruta. (Freud, 1930, p.3036)
Al hombre no le resulta fácil ni placentero desprenderse de sus tendencias agresivas.  Freud (1930) afirma “La verdad oculta tras de todo esto, que negaríamos de buen grado, es la de que el hombre no es una criatura tierna y necesitada de amor, que sólo osaría defenderse si le atacara, sino, por el contrario, un ser entre cuyas disposiciones instintivas también debe incluirse una buena porción de agresividad” (p.3046)
Para Freud, la cultura apela a diferentes medios para coartar la agresión. Uno de ellos es la introyección de la misma, a partir de la renuncia pulsional por temor a la agresión de la autoridad exterior, para incorporarla a una parte del yo y así conformar el superyó (Freud, 1930, p. 3053). La función de esta última instancia es la de conciencia moral, desplegando sobre el yo aquella agresión que el yo hubiera satisfecho sobre sujetos extraños creando el sentimiento de culpabilidad. La cultura, infiere Freud, logra vigilar, debilitar y desarmar al sujeto de sus inclinaciones agresivas “desde una instancia alojada en su interior, como una guarnición militar en la ciudad conquistada”. (Freud, 1930, p. 3053) El hombre se subordina a esta fuerza extraña para no perder el amor del prójimo, de quien depende para protegerse de diversos peligros, y para evitar el castigo de éste. En ambos, el peligro aparece cuando la autoridad descubre el hecho cometido. (Freud, 1930, p. 3054)
Desde una mirada de la psicología institucional, Matilde de la Iglesia y Alejandro Burlando Paez (2010) mencionan, al describir a las organizaciones totales, a las prisiones y a los neuropsiquiátricos, que tienen la particularidad de poseer un carácter paranogénico (generan desconfianza y paranoia) según las describió Elliot Jaques. (p. 230). 
En cuanto a las prisiones, de la Iglesia y Burlando Paez aceptan la idea desarrollada por Foucault en “Vigilar y Castigar” de que las prisiones son organizaciones que preexisten a la implementación de las leyes penales, cuyo objetivo manifiesto es el de corregir a aquellos individuos que se han apartado de las normas sociales y se reconcilien con las ideas de orden, moral, respeto de sí mismos y de los demás, mientras que el objetivo implícito tiene que ver con el control social.
Las cárceles no poseen exterior ni vacío, no resulta posible ausentarse de éstas. El sujeto encarcelado sufrirá la regulación del tiempo de vigilia y sueño. Se le determinará la cantidad y tipo de alimentación, su trabajo, el uso de la palabra, sus movimientos corporales, de su voluntad, su deseo, su sexualidad y demás facultades mientras esté inserto. (P. 232)
Similar tratamiento recibe “el loco”, habitando en neuropsiquiátricos donde su deseo se ha reemplazado por el deseo médico De la Iglesia y Burlando Paez, 2010, p. 233). La exclusión del deseo de los alienados ha tomado diversas formas a lo largo de la historia, siendo el más reciente el uso de los psicofármacos que prometen el control de la voluntad y del libre albedrío, imposibilitando la exteriorización de la subjetividad. De la Iglesia y Burlando Paez también concuerdan con Foucault que es la misma sociedad la que produce individuos que debe excluir para servir de ejemplo a los demás, que no serán segregados en tanto y en cuanto trabajen para reproducir el orden imperante. (p. 233)
Lo anteriormente descripto refuerza la postura de Freud acerca de que el sentimiento de culpabilidad se debe, en primera instancia, al miedo a la autoridad; en segunda, al temor al superyó. Mientras el primero obliga a renunciar a la satisfacción de las pulsiones, el segundo castiga accediendo a los deseos más prohibidos, imposibles de ocultarle. (Freud 1930, p. 3056). No obstante, Freud advirtió que la pretendida dominación sobre el ello no puede exceder determinados límites. Indica que si las exigencias son excesivas, se produce en el sujeto una rebelión, una neurosis, o se hace infeliz. (Freud, 1930, 3066)
Si desaparecen las fuerzas psíquicas que lo inhiben, puede manifestarse una agresión “desenmascarando al hombre como una bestia salvaje que no conoce el menor respeto por los seres de su propia especie”. (Freud, 1930, p. 3046)
Freud (1930) propone no dejarse confundir frente a la aparente independencia, unidad y demarcación del yo. Advierte que esta entidad psíquica continúa hacia el ello sin límites precisos, sirviéndole a este último como fachada. Incluso hacia el exterior, el yo pareciera perder sus límites con el objeto en la culminación del enamoramiento y en ciertos procesos patológicos, donde la demarcación del yo con el mundo exterior se confunde. De esta manera, partes del cuerpo, componentes del psiquismo, percepciones y pensamientos parecerán ajenos al yo; en otros casos, se le atribuirá al mundo exterior lo que procede del yo y éste debería poder reconocer. (pp. 3018 - 3019) 
En estas coordenadas, es que resulta de suma importancia para la psicología jurídica considerar la agresividad cruel en el ser humano, la necesidad de la cultura de controlarla y por último, controlar la agresividad cruel en quienes aplican el derecho (Del Popolo, 1996, p. 61) 
Las modalidades de goce perversas y su comparación con el homicidio en estado de emoción violenta.
Isidoro Vegh (2011) aclara que por el hecho de ser parletres y estar habitados por el lenguaje, el ser humano no responde a los instintos sino a los llamados del goce. Goce, según el autor, entendido como “plus de satisfacción de una necesidad”. (p. 68) La pulsión, ubicada entre el instinto y el logos por la incidencia del lenguaje, condena al ser humano a vivir contra-natura. (Vegh, 2011, p. 47)
En la medida en que el ser humano perdió la orientación instintual y está sumido en la desorientación, todas las culturas, cada una a su manera, establecen prohibiciones, prescripciones, para canalizar el encuentro con los objetos; objetos que en la medida que estamos hechos de un cierto modo, no sólo son objetos de la necesidad, sino también objetos del placer. Por ejemplo, para todos está prohibido el goce con el cuerpo materno, pero la prohibición no se reduce sólo a "no tendrás relación genital con tu mamá". La prohibición del incesto toma todas las relaciones naturales que el sujeto tiene, estando esto pautado en todas las culturas. (Vegh, 2003)
Lacan decía que los 10 Mandamientos, son una forma más o menos desplazada de plantear la prohibición del incesto. Lacan advirtió que en la vida cotidiana son múltiples los elementos que establecen la restricción del goce y que en lugar de hablar de Nombre del Padre, podría ser conveniente hablar de Los Nombres del Padre. (Vegh, 2003)
La metáfora del nombre-del-Padre no opera en todos por igual. Según expone la psicoanalista Silvia Amigo (2012), el mecanismo fundante de la estructura perversa es la renegación de la marca del Nombre del Padre. La renegación le permite la chance estructural de hacer como si en algunos momentos no la tuviera, es decir, advierte la castración fálica pero a la vez que puede renegar de ella. (p. 207) Por supuesto, el perverso no es amo del momento de basculación entre las 2 posiciones (Amigo, 2012, p. 208) ¿Tendrá esta estructura y sus particulares modalidades de goce tener algo que ver con la emoción violenta?
Isidoro Vegh indica que “Un perverso es alguien que se ha desarrollado en un camino distinto de la constitución libidinal y en otra posición ante el Otro” aunque aclara que perversión no es sinónimo de depravación. (Vegh, 2011, p. 73)
Según Isidoro Vegh (2011), “El sádico quiere violentar al otro en su cuerpo y en su razón, como lo describe el relato sadiano.” (p. 78) El mencionado Psicoanalista propone, siguiendo a Foucault, que se trata de un desborde de los goces prescriptos por el lazo social, en donde se pone en juego una liberación de la parada fálica que la sociedad exige. (Vegh, 2011, p.81) El perverso masoquista o sádico se ubica en el lugar del objeto a en la escena. El objeto a al que se identifica tiene las singularidades de “desecho, mierda, muerte, sujeción al Otro, esclavitud”. (Vegh, 2011, p. 82) Ante el interrogante de si esta estructura podría relacionarse con el homicidio en estado de emoción violenta, la jurisprudencia lo rechaza en uno de sus fallos: 
Debe concluirse que el imputado no actuó bajo un estado de emoción violenta al dar muerte al hombre que mantenía una relación sentimental con su esposa, si de la prueba surge que trazó un macabro plan -y lo realizó conjuntamente con otro imputado y por lo menos otra persona más-, que tenía un conocimiento previo y prolongado de aquella relación y su propia escala de valores evidenciada en su conducta al mantener también comportamientos infieles. (Cámara del Crimen Nº 1 de San Luis, 2008, p. 406) 
En la premeditación, el agente obra a sangre fría. Puede deliberar antes de actuar, preparando un plan en el que no interfiere ningún impulso apasionado. Existe un tiempo más o menos largo entre el proyecto y la ejecución y el actor puede calcular el alcance y los efectos de su acción. El actor no solo quiere el crimen, sino que calcula el modo de cometerlo. Se trata de una venganza calculada, meditada y ejecutada fríamente. (Terragni, 2001, p 143) La premeditación no se encuentra en el Código Penal Argentino, pero se tiene en cuenta en los tribunales para conocer las características del hecho y la persona que lo cometió, para determinar su grado de peligrosidad. Entre estas características, se encuentran la frialdad de ánimo y el obrar impulsivamente. (Terragni, 2001, p. 144)
Por otra parte, también pueden observarse comportamientos perversos en algunas neurosis con núcleos psicóticos. Es lo que para los post-freudianos, antes de la vuelta a Freud propuesta por Lacan, se denominaban borderline. (Amigo, 2012, p. 201) La doctrina entiende que “Los impulsivos, los irritables o los violentos, no se encuentran amparados por la atenuación del homicidio por emoción violenta.” (Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, 1991, p. 725)
Los rasgos de carácter también han quedado incompatibles con la emoción violenta. Los rasgos de carácter “se caracterizan por su fijeza, por la poca, escasa o nula disposición del sujeto a interrogarlos. La frase típica es “yo soy así” (Vegh, 2010). En un fallo, donde el autor fue condenado por homicidio simple, se estableció que “La pelea previa no excusa el comportamiento del imputado, a los fines del encuadre de su conducta en el art. 81 inc. 1° a) del Cód. Penal, si, ya habiendo sido separados y encontrándose afuera, acuchilla a la víctima quien, horas más tarde, fallece en el hospital, pues aún considerando que la reacción del acusado fue un particular estado emocional, fue él y solo él quien se colocó en dicha situación, toda vez que la consideración del estado emocional para atenuar la pena no es un privilegio otorgado a quienes acceden a la ira con facilidad. (Tribunal Superior de Justicia de la Provincia del Neuquén, 2009)
Emoción violenta y la comprensión de la criminalidad.
La psiquiatría forense  propone dividir a aquellas vivencias emocionales psicóticas de las que no lo son, ya sean éstas transitorias o persistentes en cuanto a su duración. (Bonet E.F. “Psicopatología y Psiaquiatría Forenses”, citado por Marianetti, 1999, p. 195). Esta distinción interesa por asuntos de imputabilidad. La imputabilidad es la capacidad de comprender la criminalidad de un acto, es decir, que se pueda atribuirle a alguien las consecuencias de sus actos si este fue realizado con discernimiento, intención y voluntad. (Marianetti, 1999, p. 286)
El Código Penal Argentino, en el art. 34, inc. 1 aclara que no son punibles “El que no haya podido en el momento del hecho, ya sea por insuficiencia de sus facultades, por alteraciones morbosas de las mismas o por su estado de inconciencia, error o ignorancia de hecho no imputables, comprender la criminalidad del acto o dirigir sus acciones”. Esto impide explicar el estado de emoción violenta desde los fenómenos elementales de la psicosis, como podría ser un delirio o una alucinación. Porque aunque en la emoción violenta la capacidad psíquica de culpabilidad del autor se encuentra reducida en comparación con la de otro que hubiese podido cometer el mismo delito, la doctrina entiende que aunque disminuida, hay responsabilidad.
¿Qué sucede con la comprensión de la criminalidad del acto en la emoción violenta? Está conservada, en principio. Según la jurisprudencia: Ni el recuerdo de los hechos ni la dirección de las acciones ni la comprensión del acto ni la lucidez y ubicación en tiempo y espacio "a pocas horas del suceso" obstan la existencia de la emoción violenta”. (Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, 1996). Se observa que aunque se encuentra conservada, si la comprensión de la criminalidad no sufre de cierta alteración, no se puede hablar de emoción violenta.  Si el procesado tiene plena conciencia del delito cometido, como asimismo de su situación jurídica y desarrolla con lujo de detalles la explicación del acto criminal, queda excluida la posibilidad del estado de emoción violenta a que se refiere el art. 81 inc. 1° del Cód. Penal. (Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, sala IV, 1997, p. 470)
El Dr. Fontán Balestra (1975) expone que la violencia de la emoción debe obrar sobre la capacidad deliberativa del sujeto, pero sin llegar al límite de anularla, es decir, cuando el sujeto no sabe lo que hace o no puede dirigir su conducta, se trata de casos de inimputabilidad. (p. 39)
En los estados psicóticos, particularmente, se entiende que la idea delirante es incompatible con la comprensión de la criminalidad del acto y el juicio de la realidad, ya sea ésta concreta o abstracta, y siempre se manifiesta de manera maligna y potencialmente agresiva (Marianetti, 1999, p 156). 
Conocer acerca de los estados psicóticos permite hacer un diagnóstico diferencial entre esta última y la figura de emoción violenta. Elida Fernández (2001) considera que la psicosis pura no existe, exceptuando los estados terminales de la esquizofrenia y/o en los estados catatónicos prolongados. Desde el psicoanálisis, el psicótico, al contrario del neurótico, no pide que el Otro lo ame, sino que tiene la certeza de que lo hace (en la erotomanía) o que quiere dañarlo (paranoia). Quien ocupe el lugar del Otro durante el delirio del psicótico, se convertirá en un amante o un perseguidor.  “El sujeto que no pudo alojarse en el Otro delira que ese que no lo alojó lo busca, lo necesita o necesita destruirlo por su enorme poder”. (Fernandez, 2001 pp. 208 – 209) 
Lacan, refiriéndose a la incumbencia del psicoanálisis en la criminalística, intentó mostrar la importancia del delirio paranoico en el caso de homicidio en el caso de las hermanas Papin. Se trata del caso de la matanza de Le Mans, en el cual las hermanas Christine y Léa Papin, a partir de un apagón de luz, asesinaron brutalmente a la mujer y a la hija dueñas de la casa, donde las hermanas trabajaban como criadas. El juez del caso omitió las numerosas rarezas que de las hermanas se comentaban y las declaró responsables. Posteriormente, fueron condenadas por el jurado, pero el doctor Logre decidió tomar la palabra en la sala del tribunal en calidad de defensor.
Pasados cinco meses de encarcelamiento, Christine, aislada de su hermana, presentó diferentes crisis que hicieron sospechar a Lacan de un caso de paranoia, cuyas generalidades destacó: “a] un delirio intelectual que varía sus temas de las ideas de grandeza a las ideas de persecución; b] unas reacciones agresivas que muy a menudo llevan al asesinato; c] una evolución crónica.” (Lacan, 1933)
Las posturas de época sobre la estructura de esta psicosis se debatían entre considerarlas como el producto de un vicio congénito del carácter, o suponerlas como trastornos momentáneos de la percepción (con analogía aparente de la realidad). Dichas posturas resultaban insuficientes y Lacan reconoció que en delirio existía la influencia de las relaciones sociales.
La pulsión agresiva, que se resuelve en el asesinato, aparece así como la afección que sirve de base a la psicosis. Se la puede llamar inconsciente, lo cual significa que el contenido intencional que la traduce en la consciencia no puede manifestarse sin un compromiso con las exigencias sociales integradas por el sujeto, es decir sin un camuflaje de motivos, que es precisamente todo el delirio. 
Pero esta pulsión está teñida a su vez de relatividad social: tiene siempre la intencionalidad de un crimen, casi constantemente la de una venganza, a menudo el sentido de un castigo, es decir de una sanción emanada de los ideales sociales, y a veces, finalmente, se identifica con el acto acabado de la moralidad, tiene el alcance de una expiación (autocastigo). Los caracteres objetivos del asesinato, su electividad en cuanto a la víctima, su eficacia homicida, sus modos de explosión y de ejecución varían de manera continua con esos grados de la significación humana de la pulsión fundamental”. (Lacan, 1933)
Frente a la expresión de varios temas delirantes de Christine en la cárcel, Lacan calificó los síntomas típicos del delirio, por ejemplo el desconocimiento sistemático de la realidad (Christine pregunta cómo están de salud sus dos víctimas, y declaró que las creía rencarnadas en otros cuerpos), y otras creencias más ambiguas. Al observar que las forma de psicosis se daba casi idénticamente en las dos hermanas, Lacan propuso que se trata de un delirio a duo:
Los delirios a dúo se cuentan entre las formas más antiguamente reconocidas de las psicosis. Las observaciones muestran que se producen electivamente entre deudos muy cercanos […]. Digamos que su mecanismo depende en ciertos casos de la sugestión contingente ejercida por un sujeto delirante activo sobre un sujeto débil pasivo.” (Lacan, 1933)
Lacan señaló que el paralelismo criminal de las dos hermanas se debía a una tendencia homosexual, expresada por una negación enloquecida de sí misma, que fundaría la convicción de ser perseguido y designaría al ser amado en el perseguidor. Para justificar esto y siguiendo a Freud, Lacan propuso que esta tendencia en las hermanas existía gracias una fijación a uno de los primeros estadios de la sexualidad infantil, donde la reducción obligada de la hostilidad primitiva entre los hermanos podía producir una anormal inversión de esta hostilidad en deseo. El objeto elegido tiene un carácter narcisista, por ser la fijación afectiva cercana al yo. 
Cada una de las perseguidoras no es, verdaderamente, otra cosa que una nueva imagen, completa e invariablemente presa del narcisismo, de esa hermana a quien nuestra enferma ha convertido en su ideal.” (Lacan, 1933)
Lacan dio cuenta, en base a las declaraciones del Dr. Iogre, cómo las hermanas no pudieron tomar distancia respecto la una de la otra, ni siquiera para poder hacerse daño entre ellas.
Delito emocional y legítima defensa
Si se compara el delito emocional con la legítima defensa (art. 34, inc. 6 del Código Penal) existe un elemento común, que es la provocación por parte de la víctima. La legítima defensa es la más típica de las causas de justificación. 
La provocación en la emoción violenta se encuentra en un hecho externo, según explica el siguiente fallo: “Para que el estallido emotivo resulte excusable será necesario que el cuadro emocional encuentre explicación no por la misma conmoción anímica, sino por alguna circunstancia de la que pueda predicarse capacidad generadora de esa emoción excepcional violenta, es decir, que pueda constatarse la existencia de un hecho de aquellos que en el acontecer ordinario de las cosas es generador de una emoción”. (Tribunal de Casación Penal de Buenos Aires, sala II, 2008, p.  759). 
La circunstancia a la que la jurisprudencia se refiere, está íntimamente vinculada con un estímulo externo, con consecuencias en la motilidad del sujeto. 
La emoción violenta consiste en un estado de raptus emocional transitorio provocado por un estímulo externo que actúa sorpresivamente sobre el sujeto, provocando la pérdida de control de sus frenos inhibitorios y de la voluntad, con el consiguiente olvido de las acciones ejecutadas bajo sus efectos. (Superior Tribunal de Justicia de Santiago del Estero, sala criminal, laboral y minas, 2006, p. 393)
En cuanto a los estímulos que podrían desencadenar la violencia de la emoción, el Dr. Fontan Balestra (1975) explica que el hecho no necesariamente debe provenir de la víctima, pudiendo ser extraños a ella. Tampoco es necesario que afecte materialmente  al actor. Por ejemplo, la emoción podría desencadenarse ante la indignación por los malos tratos que la víctima ocasiona a un tercero (p. 39)
¿Qué puede aportar el psicoanális acerca del sujeto que ha sido provocado en los términos expuestos? En “Inhibición, Síntoma y Angustia”, Freud utiliza el término “Realangst”, traducido por LaPlanche (1996) como “Angustia ante un peligro real”.  Según estos autores explican, “La angustia ante un peligro real se opone a la angustia ante la pulsión.” (p. 27)
Freud (1925) propone la existencia de una angustia real, que se genera por un peligro conocido, y una neurótica, donde el peligro es desconocido (p. 2878) Ante un peligro real, el hombre desarrolla dos reacciones: la explosión de angustia y una acción protectora. (p. 2879). Las conductas tendientes a suprimir la angustia, según observa Freud, pueden ser adecuadas si señalan o previenen tal situación, o inadecuadas, si generan una nueva situación peligrosa (Freud, p. 2861). 
En la legítima defensa, la causal de justificación se funda en la actualidad de un peligro y en la necesidad de repelerlo adecuadamente. Es decir, debe concurrir a una agresión actual o inminente y no una mera provocación. En el homicidio emocional, no fue un peligro real el que desencadenó la acción con la descarga afectiva. Este último autor, por lo tanto, es un delincuente imputable, que cometió un hecho típicamente antijurídico, culpable y conminado con una pena relativamente severa. (Fontan Balestra, 1975, p. 175) Pero si en el homicidio emocional el peligro no es real, entonces, ¿De qué peligro se trata?
Evolución del concepto de angustia en el psicoanálisis.
Hablar sobre la angustia puede parecer sencillo porque cualquier persona puede reconocerla, ya que la ha sentido. Pero lo cierto es que definirla presenta sus dificultades, tal como advierte Freud en la conferencia “La Angustia” (1915-1917):
La mayoría de los neuróticos se quejan de ella, la señalan como su padecimiento más horrible, puede alcanzar en ellos intensidad enorme y hacerles adoptar las más locas medidas. Cada uno de ustedes ha experimentado alguna vez este estado afectivo. Uno se pregunta por qué alcanza en la neurosis niveles tan altos, y en esto, en verdad, no es tan obvio.” (P. 2367)
La respuesta a qué causa la angustia ha variado a lo largo del tiempo. Tanto Freud como Lacan han tratado de responder a estas cuestiones y sus visiones sobre este fenómeno han cambiado. Es útil para el desarrollo de esta tesina hacer un pequeño recorrido histórico y definir a qué angustia se está haciendo referencia.
El primer momento de la angustia puede situarse a partir de 1894, cuando Freud estudiaba la neurastenia y la histeria de angustia, las neurosis actuales, y menciona que la causa de la angustia es la transformación de la excitación sexual acumulada (Freud S., 1894, p. 190 -192) y no satisfecha completamente, como en el caso del coitus interruptus por él mencionado: la libido no satisfecha produce un monto de excitación que al no ser descargado se transforma directamente en angustia. Esta posición económica también es sostenida en 1896, mientras Freud repasa la etiología de la neurosis de angustia (Freud, p. 281).
En 1905, Freud señala la dependencia del niño hacia las personas que lo cuidan y la angustia de éstos ante situaciones donde la desaparición del adulto sea posible: presencia de personas desconocidas y la oscuridad. El miedo a la ausencia de la madre aparece intensificado en aquellos niños con un instinto sexual exagerado. Nuevamente, la energía libidinal no satisfecha (Freud, S. 1905 , p. 1226) se transforma en angustia.
Con este primer momento de la angustia que se viene desarrollando, es que Freud en 1909 desarrolla el caso Juanito, donde entre otras cosas, deja de considerar a la angustia como una simple energía libidinal para conceptualizarla como un afecto. Aquí Freud acepta la denominación histeria de angustia al hablar de fobia, ya que queda justificada por la coincidencia del mecanismo psíquico de tales fobias con el de la histeria, salvo por una diferencia: La libido, desligada del material patógeno por la represión no es convertida para una inervación somática, sino que queda libre en calidad de angustia. La histeria de angustia es la neurosis de la época infantil. Evoluciona cada vez más hacia la fobia. Al final, el enfermo puede quedar libre de angustia, pero sólo a costa de inhibiciones y restricciones a las que hubo de someterse. No le queda más camino que impedir todas las ocasiones de desarrollo de angustia por medio de una defensa psíquica, tal como una precaución, una inhibición o una prohibición, y estas defensas son las que se nos muestran como fobias y forman la esencia de la enfermedad. 
En este momento, Freud dirá que la transformación de la libido en angustia llega a proyectarse sobre el caballo, objeto principal de la fobia de Juanito (Freud, S. 1909 p. 1375). Previamente, Freud había detectado un miedo al padre, como consecuencia de sus deseos celosos y hostiles contra el mismo. El padre tenía que ser el caballo al cual tenía miedo. Los caballos eran los animales que más le interesaban a Juanito y a lo que más le gustaba jugar con sus amiguitos era también a los caballos. La sospecha es que el padre hubiera sido el primero en servirle de caballo. Una vez iniciada la represión, Juanito tenía que asustarse de los caballos, que antes le habían procurado tanto placer, a través del mecanismo de desplazamiento.
En 1917, Freud va a indica que la angustia no corresponde únicamente a las neurosis. Hay personas sanas que están angustiadas y neuróticas que no. La angustia no es privativa de las neurosis (Freud, S. 1917, p. 2367). Freud diferencia entre angustia real o realista y angustia neurótica, a la que se refirió con anterioridad. La angustia realista es comprensible, racional, porque es la reacción frente a un peligro externo, un daño previsto. Frente a ese peligro, el actor puede huir, aunque si el monto de angustia es muy grande, también puede paralizarse.
Este estado afectivo es remitido por Freud al trauma del nacimiento, es decir, a una reminiscencia, a un recuerdo que frente a un peligro, se desencadena automáticamente en el ser humano: la taquipnea, la aceleración del ritmo cardíaco, entre otras. Es imitar al ataque histérico, el sufrimiento por una reminiscencia de un peligro que generación tras generación se fue repitiendo en el organismo vivo. El trauma del nacimiento tiene que ver con una angustia tóxica (Freud, 1917, p. 2369). Homologa a la angustia real, en el sentido de sensaciones displacenteras, descargas de inervaciones, enorme incremento de estímulos. Esta reminiscencia la especie la lleva inscripta en la memoria orgánica, entonces, frente a un peligro externo, automáticamente estas sensaciones e inervaciones se repiten. La necesidad de respirar profundamente, la aceleración del ritmo cardíaco constituye, si es moderado, lo que Freud llama el apronte angustiado (Freud, 1917 p. 2368).
El apronte angustiado es beneficioso para decidir la mejor opción ante un peligro. Ahora, si se produce un desarrollo de angustia, que Freud después va a llamar angustia automática, deja de ser beneficioso y se transforma en perjudicial para afrontar el peligro externo. Se obtendrá una respuesta inadecuada al fin.
La Angustia neurótica va a tener una primera diferenciación. Por un lado, un estado general de angustia flotante, angustia de espera, que se puede adherir a cualquier representación, llamada espera ansiosa (Freud, 1917, p. 2370). La intensificación de esta angustia flotante puede pasar a constituir una neurosis de angustia, que se encuentra dentro de las neurosis actuales.
El peligro en la angustia neurótica, a lo que le teme el yo, son las representaciones displacenteras a las que va adherida un afecto. Son pulsiones hostiles o eróticas de las que el yo se defiende huyendo. El mecanismo del yo para defenderse de sus pulsiones hostiles o eróticas es la represión, que genera angustia. Hay un afecto que ha quedado reprimido y se ha transformado en angustia (Freud, 1917, p. 2370).
En la histeria, la angustia acompaña a los síntomas, pero también se presenta como ataques. En este caso el sujeto desconoce la razón por la cual se produce este ataque (Freud, 1917, p. 2372).
En las neurosis obsesivas, lo que observa Freud en 1917 es que mientras el enfermo realiza sus actos obsesivos, no padece la angustia. La angustia ha sido reemplazada por los síntomas. Si se le impide al obsesivo realizar sus rituales, aparece la angustia. Los síntomas, que los actos y las representaciones obsesivas estaban en lugar de la angustia.
Freud, en este mismo año,  se pregunta sobre la angustia infantil. ¿Es esta real o neurótica? El chico se angustia frente a la soledad y a la oscuridad, que remiten a una sola cosa: la ausencia del objeto libidinal. El niño aprende que la ausencia del objeto es peligrosa en el sentido de que ese objeto lo rescata de sus necesidades orgánicas.
En el año 1920 Freud modifica su teoría de la angustia al plantearse por qué Juanito reprimiría una moción libidinosa, placentera para él. Es decir, ¿Por qué Juanito, que siente placer al hacer mimitos con la mamá, lo reprimiría? Porque Juanito tiene miedo a la castración – se responde Freud en 1926. A través del caso Juanito, 10 años después Freud puede generalizar su nueva teoría de la angustia. En Inhibición, Síntoma y Angustia (Freud, 1920) dice:
La angustia causa aquí la represión, y no, como antes afirmábamos, la represión causa la angustia.
Aunque no nos es agradable recordarlo, de nada serviría silenciar ahora que hemos sostenido repetidamente la opinión de que por medio de la represión quedaba la representación del instinto deformada, esto es, desplazada, y transformado el impulso instintivo en angustia. Ahora bien, y como acabamos de ver, la investigación de las fobias, que creíamos habría de probar tales afirmaciones nuestras, no sólo no las confirma, sino que parece contradecirlas directamente.” (p. 2846)
El yo, en esta segunda teoría, tiene que actuar frente a una carga de objeto libidinosa que se genera en el ello. Frente a deseos eróticos y hostiles, el yo debe actuar porque aceptar esas pulsiones, sería ponerse en peligro de castración.
La angustia de castración es una angustia de peligro real para el niño, porque este, que ya ha perdido sus heces y visto el genital femenino, cree en la posibilidad de la pérdida de su pene. Además, hay varias situaciones en donde Freud ubica la angustia, como el nacimiento y el destete (Freud, 1926, p. 2868).  Es la angustia de castración lo que hace que Juanito reprima. La falla de la represión causa el retorno de lo reprimido que puede darse a la manera de la fobia, de la histeria o de la neurosis obsesiva. La angustia va a intentar ser controlada por el síntoma.
Cuando Freud se pregunta  frente a qué se angustia la niña, se responde que el temor de la niña y de la mujer va a tener más que ver con la angustia frente a la pérdida del objeto de amor. En la mujer no se da la pérdida del pene, pero se da la pérdida de la inteligencia o una herida narcisística, que Freud dice que es más propio de la mujer que del varón (Freud, 1926, p. 2872).
Freud menciona aquí la angustia señal, donde el yo dispara una señal de angustia y desencadena algún tipo de cuadro que le permita controlar la angustia. La angustia actúa sobre el yo, no sobre el ello ni el superyó. Funciona como una señal, de un peligro. El peligro es la castración, que puede ponerse en serie con otros, como la del nacimiento. El denominador común es la pérdida del objeto.
Ahora, a la luz de esta nueva perspectiva del surgimiento de angustia, la fobia de Juanito a que un caballo lo muerda, propone Freud en 1926 que debe leerse en una equivalencia simbólica del caballo con su padre, como es manejo de evitación y desplazamiento, intenta tramitar psíquicamente la angustia que surge en este infantil sujeto ante la amenaza de que su padre lo castre, es decir, que le corte el pene en la medida que él, aún a pesar de su corta edad, se atrevió a ponerse en rivalidad con su padre en relación a la madre.
La angustia surge en esa encrucijada, en esa encrucijada en función de advertencia, de señal. Ese afecto indescriptible e incómodo, tiene un valor de señal. La señal que advierte de ese peligro. Freud pensaba que la angustia se encontraba en otra instancia psíquica, pero ahora no le cabe duda de la instancia psíquica que padece la angustia es el yo. La angustia es un afecto que funciona como señal que advierte de un peligro y ese peligro sería la pérdida del objeto o del amor (Freud, 1933, p. 3150).
Un tercer tiempo en la conceptualización de la angustia puede ubicarse desde el 14 noviembre de 1962  hasta el 3 de julio de 1963, cuando Lacan dicta el Seminario 10. Lacan dialoga con el texto de Freud “Inhibición, Síntoma y Angustia”. Lo que aquí  se desarrollará de todo el seminario es únicamente una cuestión: si la sede de la angustia es el yo, ¿qué quiere decir que como señal está dirigida al yo?
Lacan sostiene que en tanto señal, la angustia tiene lugar en el yo, pero va a proponer que está dirigida al sujeto para advertirle de un peligro que tiene que ver con la castración, pero entendida de una forma diferente a como Freud la planteó a partir de 1926. El peligro de que la angustia advierte es sobre el deseo. Justamente, en la encrucijada que este sujeto, en tanto sujeto deseante, se confronta con el deseo del Otro (Lacan, J. 1962, p. 6, Clase I). Lacan propone que la angustia es la sensación del deseo del Otro. Para ilustrar a la audiencia, propone explicarlo con una ficción que él inventa, cuyos protagonistas son él mismo y una mantis religiosa gigante (Lacan, 1962, p. 13, Clase I).
Lacan le propone imaginarse a su clase que hay una mantis religiosa alta hasta el techo. Él se encuentra disfrazado de mantis, pero sin saber de qué sexo (macho o hembra) está hecho el disfraz. Desesperado Lacan, busca verse a modo de espejo frente al ojo de la mantis para ver de qué está disfrazado. Pero el ojo de la mantis, todo facetado, no permitiría apreciar esa verificación. Lacan dice que esa es la encrucijada de la angustia: la encrucijada en la que le presenta al sujeto la pregunta de qué lo quiere el Otro. O de qué clase de objeto es para ese Otro.
El deseo del Otro, como cualquier otro deseo, es algo que nunca se va a revelar. El neurótico se pregunta por ese deseo y la angustia le señala el peligro de quedar extraviado en el camino del mismo: es el peligro de que ante la irrupción del deseo del Otro, el sujeto podría quedar extraviado en el camino de su propio deseo. No se trata solamente de lidiar con el deseo del Otro. El deseo del Otro apremia a manifestarse deseante, no se puede esquivarlo, porque si el deseo del hombre es el deseo del Otro, uno necesita del deseo del Otro para constituir su propio deseo.
Otra afirmación de Lacan, en la clase 4 del Seminario 10, contraria a la de Freud, tiene que ver con la pérdida del objeto. La advertencia de un peligro que no tiene que ver con que el objeto se pierda, sino con que el objeto no se pierda. Para poder afirmar eso, Lacan necesita una concepción novedosa del objeto en psicoanálisis: el objeto a. En la medida que se conciba al objeto como objeto a, es que se podrá afirmar que el peligro que señala la angustia, no es como dice Freud que señala el peligro de su pérdida, sino el peligro de que esa pérdida no se produzca. La angustia no marca el peligro de quedarse sin el objeto, y dice “la angustia no es sin objeto”. Según desarrolló antes, Freud había sostenido que la angustia era sin objeto.
A partir de la segunda clase del seminario, en noviembre del 1962, Lacan comienza a delinear al objeto a para echar nueva luz sobre la angustia. El objeto a es un objeto causa del deseo. El objeto a se constituye a partir del éxito de una operación subjetiva que debe devenir para ser neurótico. Es la que Lacan escribe con la siguiente ecuación:
A
S
S
A
a

(Lacan, J. 1963, p. 118, clase 10).
Para Lacan, primero siempre está el Otro. Existe un tiempo lógico en el que hay Otro de un sujeto por venir. Ambos sin barrar por encontrarse en un momento imaginario de puro goce. Con la eficacia de la metáfora paterna, el sujeto queda barrado y el Otro en falta. La operación es una división no exacta, tiene un resto. El objeto a es el resto de la operación de constitución de un sujeto en el campo del Otro.
El objeto a es el soporte del deseo, el sujeto encuentra en su articulación con este objeto el modo de sostenerse en su incompletud.
Lacan va a decir que en cualquier surgimiento de la angustia lo que se produce es una inversión de los términos anteriormente desarrollados:
(Lacan J., 1963, p. 198, Clase 14)
Lacan le agrega niveles y marca la angustia, el goce y el deseo. El resto se encuentra en otro lugar (piso 2) surge la amenaza de completar al Otro. Ese es el peligro que señala la angustia y la fórmula indica cómo la angustia no es sin objeto. El objeto al que se refiere tiene que ver con el deseo del Otro. Para señalar el peligro, no de que el objeto se fue sino que el objeto irrumpió. Lacan lo adelanta en la clase 3:
“Pero si de pronto viene a faltar toda norma, es decir lo que constituye la falta —pues la norma es correlativa de la idea de falta— si de pronto eso no falta —y créanme, traten de aplicar esto a muchas cosas— en ese momento comienza la angustia”.(Lacan J., 1962, p. 36)
En la clase 4 del 5 de Diciembre de 1962, Lacan se pregunta:
“¿Acaso ignoran ustedes que no es la nostalgia de lo que llaman el seno materno lo que encuentra la angustia sino su inminencia todo lo que nos anuncia algo que nos permitirá entrever que va a volverlo a él?
[…]
Lo más angustiarte para el niño es que justamente esa relación sobre la cual él se instituye por la falta que le hace descanso, esa relación resulta ser lo más perturbado cuando no hay posibilidad de tanta, cuando la madre le está todo el tiempo encima” (Lacan, J. 1962, p. 48)
Si bien para Freud la angustia es de castración, Lacan dice que debe considerar a la misma de forma diferente y en otro registro. El peligro para Juanito no es que venga el padre y produzca un corte, sino que éste último no ejerza un corte donde es preciso. Un corte simbólico que lo desprendería de lugar del objeto de su madre y le permita sostenerse como sujeto deseante. No se trata de una amenaza de que le corten el hace-pipí (wiwi-facher), sino que el padre produzca un corte que lo saque del lugar de falo, para algún día conservar el suyo y utilizarlo cuando sea el momento. Para poder tenerlo, hay que dejar de serlo.
En la teoría de Lacan, la angustia señala ese crucial desfiladero. Cuando el propio niño completa a la madre, perdería su propia condición de sujeto deseante. El niño quedaría como objeto del goce del Otro. La angustia es una señal que no se equivoca, pero parecería que funciona como un oráculo porque su señal es siempre enigmática.
Angustia, pasaje al acto y emoción violenta.
Antes de continuar con el desarrollo, será útil resumir las características que se vienen puntualizando hasta ahora acerca del estado de emoción violenta:
  • Implica una perturbación de la consciencia que conlleva a la pérdida de control y de la voluntad y los frenos inhibitorios.
  • Es de breve duración.
  • Se desencadena por un estímulo externo, pero no se trata de un peligro real (sino es legítima defensa)
  • Aparece repentinamente. El actor no delibera ni calcula su acción antes de actuar.
  • No se relaciona con rasgos de carácter rígidos o desadaptativos.
  • Hay comprensión de la criminalidad del acto, aunque se encuentra disminuída. El actor es responsable, no se puede atribuir el hecho a un brote psicótico o a las demás causas de inimputabilidad del art. 37.
La angustia emerge ante lo enigmático del deseo del Otro. Ante la pregunta fundante del sujeto “¿Qué me quiere el Otro?” el sujeto esboza una respuesta que en el mejor de los casos, es una respuesta fantasmática, que se reeditará en todo partenaire, sea este sexual o no. La psicoanalista Silvia Amigo precisa que “Para todo sujeto es vital encontrar dónde alojarse en el campo del Otro. Claro que para encontrar alojamiento tiene que haber un cuarto disponible”. (Amigo, 2012, p. 110)
Según Amigo (2012), “El fantasma es una respuesta que el sujeto se da a la pregunta enigmática por el deseo del Otro”. (p. 16) En el encuentro con el Otro, el sujeto cree haber deducido cuál es el deseo de aquel. Se trata de una respuesta singular de cada sujeto, que no está dada por el Otro, sino que es deducida en el campo del Otro. (Amigo, 2012, p. 16)
Para preguntarse qué quiere el Otro, el sujeto necesita no vivir abrumado por el goce del Otro. Contestar a la pregunta “¿Qué quiere el Otro de mí?” lleva su tiempo, al menos toda la primera vuelta edípica y también la segunda. Es a partir de la adolescencia donde el sujeto está en condiciones de establecer un fantasma definitorio. (Amigo, 2012, p. 17)
Existe una serie de objetos parcializados ofrecidos para significar la falta en el Otro, que es lo que se oferta en el fantasma. Es decir, el sujeto no ofrece la totalidad de su cuerpo, sino que “ofrece un trozo de sí a la falta del Otro”. En esta respuesta fantasmática, el sujeto elige un objeto del menú de la pulsión: seno, heces, voz, mirada. Y esto se reedita en todo encuentro con un partener de cualquier orden.
Silvia Amigo (2012) aclara que el fantasma, lejos de ser firme, puede fracasar. En las psicosis y en el autismo, hay un fracaso absoluto, definitivo y perpetuo del fantasma. En el autismo no se da la identificación al lenguaje, no pudiendo dejar por fuera el objeto de goce ni lo real por fuera por ingreso de lo simbólico, es decir, no se da lo que Freud denominaba Ausstossung. En la psicosis, donde fracasa la inscripción del significante del nombre del padre, el Otro ejerce un goce un goce fálico tal que el sujeto no encuentra resquicio para la pregunta “¿qué me quiere?”. En estos casos, hay una imposibilidad del sujeto para responder al deseo del Otro, por no poder situarlo. (pp. 17 – 21). 
Existen también fracasos ocasionales del fantasma, que son los que interesan al presente trabajo. Una situación de la vida o una contingencia hace perder momentáneamente las letras o el orden de las letras del fantasma. El sujeto, sin poder disponer de su fantasma, “ha perdido su brújula, no puede saber lo que desea, porque al no poder situar lo que desea el Otro, ya no sabe lo que desea él, situación que Lacan llama ‘tragedia del deseo’”. (Amigo, 2012, p. 21).
Cuando una situación de la vida lo interpela y su fantasma ya no le sirve, ahí hay un trastabillamiento de su posición fantasmática. Este trastablillamiento de la posición fantasmática es lo que hace emerger la angustia. La angustia como afecto incómodo, no siempre emerge y no siempre es tolerable. Con lo cual, hay 2 recursos que el sujeto tiene para evitar la angustia: el acting out y el pasaje al acto. Conocer más sobre el pasaje al acto interesa si se quiere conocer la naturaleza de la emoción violenta.
En el seminario X sobre la angustia, Lacan dialoga con Freud e interroga “Inhibición, Síntoma y Angustia”. Desde el principio, Lacan pone cuestión si inhibición, síntoma y angustia, tal como Freud los plantea, se corresponden en una serie homogénea o no. Volcándose por la segunda opción, propone que éstos son términos heterogéneos entre sí. Y los presenta escalonadamente.
(Lacan, citado por Miller, 2007, p. 27)
Lacan distribuye a la inhibición, el síntoma y la angustia de modo que obtiene espacios  con diferentes vecindades. Como explica Jacques-Alain Miller, Lacan convierte los ejes en una matriz, a partir de la inhibición. El eje horizontal va a corresponder a una dificultad creciente. Mientras que el eje vertical, hacia abajo, va a indicar una perturbación creciente en el movimiento. (Miller, 2007, p.26)
Entonces Lacan dirá que si la inhibición, tal como Freud la plantea en “Inhibición, Síntoma y Angustia”, es un punto de máxima detención del movimiento. Lacan toma del diccionario las nociones de turbación, impedimento y embarazo (Miller, 2007, p. 27). En el eje de la dificultad creciente nos va a proponer al nivel del síntoma el término “impedimento”. En la tercer columna, Lacan va a proponer el término “embarazo”, el punto extremo de la dificultad de un sujeto. Para Alain Miller (2003 – 2004), embarazo implica una salida a lo real, “más allá del embarazo, allí donde está ausente toda orientación significante”(p. 31)
En la columna vertical, a partir de la inhibición, Lacan utiliza el término “emoción”, como un movimiento de salida, un movimiento hacia afuera. Y en el extremo de esta columna, el término “turbación”, entendida como el máximo gradus de movimiento que se libera (p. 26)
Lacan se toma algunas clases para completar los casilleros que faltan, que son los lindantes a la angustia. 
Si se admite que el pasaje al acto surge en la encrucijada entre los términos embarazo y emoción, se puede decir que el pasaje al acto es una situación de embarazo, entendido como un punto extremo de dificultad de un sujeto, con el agregado de la emoción como perturbación del movimiento. Así, el sujeto sale despedido de la escena identificado como un resto o desecho. (Lacan, 1962, p.115).
¿En qué medida los conceptos de embarazo y emoción propios del pasaje al acto propuestos por Lacan, coinciden con los caracteres que propone la jurisprudencia al hablar del homicidio en estado de emoción violenta? El término de embarazo parecería coincidir con lo que el Dr. Marco Antonio Terragni propone en cuanto a que la jurisprudencia siempre se refiere, al hablar de emoción violenta, a “[…]un trastorno de los sentidos, una perturbación que debe ser más fuerte que el poder reflexivo y que la disposición del hombre normal. Una situación que supera el dominio de la voluntad y produce conforme a la psicología una imposibilidad transitoria de dar a los actos su valor afectivo” (Terragni, 2001, P. 301). 
Sobre la emoción, el Dr. Terragni explica que “Las emociones se presentan, casi siempre, como fenómenos de reacción a un hecho externo que, al ser percibido produce una impresión profunda, siendo su intensidad variable en relación a la entidad del suceso”. (Terragni, 2001, P. 300) Y agrega que ésta debe coincidir y ser causa del hecho. La reflexión y la emoción violenta son incompatibles entre sí, por el estallido súbito de esta última. ¿Pero qué ocurre con la perturbación del movimiento propuesta por Lacan?
“Aunque existe comprensión de la criminalidad del acto, la emoción es lo suficientemente violenta como para debilitar los frenos inhibitorios del actor” (Terragni, 2001, P. 301)
El caso más paradigmático de un pasaje al acto es el suicidio, como cuando la joven homosexual se arroja a las vías del tren (Lacan, 1962, p. 116), pero Lacan admite otros menos obvios, como la bofetada que Dora le propicia al Sr. K cuando él le dice que su mujer no es nada para él. En Dora no emerge la angustia, ella no se pregunta qué lugar ocupa una vez rota la triangularidad entre ella y el matrimonio K, que sostenía el deseo de Dora. En lugar de esa pregunta, que la angustiaría, ella hace un pasaje al acto y queda en el lugar de un objeto.
Dora, en el momento de embarazo en que la coloca — lo hice observar hace mucho tiempo— la frase trampa, la torpe trampa del señor K: "Mi mujer no es nada para mí", pasa al acto.
La bofetada no puede expresar aquí otra cosa que la más perfecta ambigüedad: ¿ama ella al señor K o a la señora K?. No nos lo dirá la bofetada, por cierto. Pero semejante bofetada es uno de esos signos, uno de esos momentos cruciales que podemos ver rebrotar de generación en generación con su valor de conducción en un destino. (Lacan, 1962, clase 9, p. 116)
Todo pasaje al acto implica que el sujeto tiene amordazado su decir y por eso lo único que le queda es caer como un resto, porque no tiene palabras para reconocerse en el lugar que el Otro lo interpela. (Lacan, 1962, p. 101) De un pasaje al acto no se puede volver del mismo modo. Para saber si algo es o no un pasaje al acto, se puede observar si la acción que ha dejado al sujeto fuera del escenario. (Lacan, 1962, Clase 9, p. 116)
Un caso de emoción violenta. 
A continuación, se expondrá un caso para determinar en qué medida se puede aplicar los conceptos de angustia y pasaje al acto al homicidio en estado de emoción violenta, relación que se planteó como hipótesis. El fallo fue tomado de la Cámara Penal de Segunda Nominación de la Provincia de Catamarca, “Sánchez, Gustavo Federico”, Sent. 64/2013, 03/02/14 (Sentencia firme)”, en donde se concibió que las conductas desplegadas por Gustavo Federico Sánchez se encuadraban en los tipos penales de homicidio en estado de emoción violenta, lesiones leves calificadas por el vínculo, y lesiones leves atenuadas por emoción violenta, todo ello en concurso real y en calidad de autor.
Se comenzará destacando las características de las personas implicadas en el hecho, según constan en el fallo:
Gustavo Sánchez: Es el actor del hecho, tiene 27 años. En el juicio, se reconoció a sí mismo como muy celoso. Sobre la escena que desencadenó el hecho, dijo que le dio bronca, se puso muy nervioso, se le nubló todo y que estaba fuera de sí. Una pericia fue llevada a cabo en el mes de Junio del 2013 y determinó las características de la personalidad del acusado: personalidad con rasgos celotípicos (celos), paranoides (debido a su historia de vida con carencias y sufrimientos, advierte persecuciones, miedos y estar preparado para el ataque) y obsesivos compulsivos (demostrativos en el control a su pareja por temor a engaños e infidelidades). Sánchez tenía un 0,85 gr/l de alcohol en sangre, insuficiente para alcanzar un estado de borrachera. El informe psiquiátrico del mismo rechaza cualquier vislumbre de inimputabilidad que lo pudiera beneficiar.
Martha Perez: Era la novia de Gustavo Sánchez. Después del hecho, ésta fue en dos oportunidades a la cárcel a visitarlo, pero ahora él no quiere saber más nada con ella. Se conocieron dos años antes del hecho y estuvieron de novios un año y medio, aunque vivían separados, siempre estaban juntos. La noche del hecho, Flores le dijo que lo llame a Gustavo Sánchez para trabajar esa noche, ya que le faltaba personal. Fueron juntos a las 21 hs. y trabajaron hasta las 02:00 hs. aproximadamente, después limpiaron todo y se sentaron a cenar y a tomar. De Gustavo Sánchez, esa noche ella dijo: “que lo había traído a este vago de Tartagal y que debía aprovechar la oportunidad laboral, que a ella siempre la hacía quedar mal ante todos”.
Después el hecho, al ser llevada a la Guardia del Hospital, Pérez dijo: “estábamos tomando y él se puso loco porque es muy celoso”. Tenía aliento alcohólico y también dijo: “no puedo entender por qué me pasó esto”.
Ramón Flores: El occiso. Tenía 45 años, pesaba alrededor de 80 kg. y medía 1,80 metros de altura. Era dueño del bar “El León”, donde ocurrió el hecho. Ana María Lagoria, su concubina, refirió que cuando Flores consumía alcohol, era diferente con ella y su familia, pero cuando estaba sano era muy buena persona. A veces por las malas amistades que tenía ingería alcohol. Las peleas que tenían eran de pareja. Realizó una denuncia para que ordenen que le haga un tratamiento. Ella lo denunció en el 2008 y otra en donde la jueza lo apartó del hogar. No estaban casados, sino que convivieron durante veinticuatro años. Cuando tomaba, era agresivo verbalmente, pero en la segunda denuncia le cortó la frente con una copa, pero nunca hicieron nada desde la policía y la justicia. Lo único que ella pretendía era proteger a sus hijos y la familia. Era metalúrgico y el restaurante fue un proyecto de ambos. La concubina no conoce a Ramírez Lorca ni a Martha Pérez. La causa de su muerte es: “Shock hemorrágico y asfixia por herida de arma blanca en cuello que secciona totalmente vía aérea y vaso del cuello”
Miguel Angel Lorca: Era amigo de Flores. Lorca también estuvo tomando, pero cuando ocurrió el hecho, se separó de ellos y se escondió. Recibió una herida en su mejilla por parte del actor.
El hecho ocurrió el 16/3/2013, entre las horas 05:40 y 07:40 aproximadamente, se encontraban Ramón Máximo Flores, Miguel Ángel Ramírez Lorca, Martha Eugenia Pérez (novia de Sánchez) y Gustavo Federico Sánchez ingiriendo bebidas alcohólicas en el bar “El León” de propiedad de Flores, luego de cerrado el negocio referido a las 01:30 hs. aproximadamente del mismo día. Flores le dijo a Sánchez que fuera a comprar cigarrillos, pero él le dijo que no, ya que le parecía que era para “sacárselo de encima”, por eso le dijo que era tarde.
En determinado momento, Ramón Flores se dirige hacia la cocina y por detrás de éste se dirige Martha Pérez, quedando en la mesa que compartían Gustavo Sánchez y Miguel Ramírez Lorca. Habiendo transcurrido unos minutos, Sánchez se dirige hacia la cocina y es allí donde sorprende a Ramón Flores y a su novia Martha Pérez, donde Flores besaba y tocaba en partes íntimas a Pérez, con el pantalón desprendido y el cierre bajado de éste, lo cual provoca la reacción de Sánchez, quien se abalanza sobre éstos donde en primer momento toma a Martha Pérez de los cabellos, mientras le decía: “sos una puta de mierda, hija de mil puta, te voy a cagar matando”, para luego tirarla al piso e inmediatamente de ello aplicarle un golpe de puño a Flores en la zona de la cara, luego arrastra de los cabellos a Pérez golpeándola con patadas y trompadas por todo el cuerpo, para luego Sánchez tomar un cuchillo que se encontraba en la mesada de la cocina y con ello aplicarle un puntazo en el muslo izquierdo. Luego de ello, Gustavo Federico Sánchez se dirige hacia el sector de la cocina donde se encontraba Flores, quien al observar que éste estaba munido del cuchillo y a fin de repeler toda agresión ilegítima, toma otro cuchillo que se encontraba en el lugar, iniciándose allí entre ambos una gresca donde Sánchez hiere a Flores en la zona de la cara  y en defensa de ella es que Flores hiere a Sánchez sobre el tercio interno de la ceja izquierda de la frente, para luego Sánchez abalanzarse hacia éste y le asesta a Ramón Flores el cuchillo en la zona del cuello, causándole una herida profunda penetrante de 7,5 cm. Flores cae al piso, Sánchez posteriormente vuelve sobre Martha Pérez, a quien continúa agrediendo y arrastrándola por el pasillo que se ubica cerca de la escalera. En ese momento interviene Ramírez Lorca pretendiendo calmar a Sánchez pero es también agredido por éste con el mismo cuchillo, provocándole una herida superficial en la zona del mentón. En determinado momento, Martha Pérez logra escapar de Sánchez huyendo por la escalera tipo caracol buscando salir por la puerta de ingreso, resbala y rueda por la misma siendo perseguida por Sánchez. Pese a la gravedad de la herida, Ramón Flores logra incorporarse y dirigirse hacia planta baja, pero finalmente y producto de la severa herida en la zona del cuello precitada y producida por Gustavo Sánchez, fallece en la zona de la escalera a causa de un shock hemorrágico y asfixia. Mientras tanto, Sánchez alcanza a Pérez en la base de la escalera y continúa agrediéndola físicamente para finalmente cesar con su actitud al llegar al lugar personal policial, quienes circunstancialmente efectuaban recorridos por el lugar y concurrieron allí alertados por los gritos de auxilio proferidos por Martha Pérez. Allí salió Sánchez por el portón, pidiendo auxilio por su novia. Desde adentro gritaba una mujer y Sánchez dijo que el otro estaba muerto. Antes de llegar, escucharon que decían “me la vas a pagar hijo de puta”, era la voz de una mujer. Sánchez intenta alejarse del lugar, pero es aprehendido por el personal policial en la acera de calle San Martín.
Lectura del caso en términos psicoanalíticos. Conclusiones.
Gracias a la pericia, se sabe que Sánchez no cursa con una psicosis ni algún otro cuadro en donde la comprensión de la criminalidad se viera afectada,  por eso es juzgado y condenado a una pena.
Teniendo en cuenta que no es psicótico, en el encuentro con su partenaire, Martha Perez, el sujeto debió esbozar una respuesta fantasmática ante la pregunta “¿qué me quiere?”. El objeto del fantasma de Sánchez no puede conocerse con la información provista, ya que no es algo que se detecte obviamente. Lo que sí se puede suponer es cuál sería el objeto pulsional. A partir del control a su pareja por temor a engaños e infidelidades que menciona la pericia, más las frases “sos una puta de mierda, hija de mil puta, te voy a cagar matando” parecería el objeto pulsional prínceps del fantasma son las heces.
Cuando Sánchez se dirige a la cocina y ve el engaño, hay un fracaso de su posición fantasmática. La respuesta sobre qué lo quiere ella, trastabilla al ver a su novia en brazos de su amigo. 
Lo que no se observa en Sánchez, es la emergencia de la angustia. Porque si hubiera surgido la angustia, Sanchez tendría que haberse tentado con esta pregunta: “Si no soy eso que creía, ¿qué soy yo para ella? ¿Qué represento, qué lugar ocupo?” En lugar de esa pregunta, que lo angustiaría, él comete el homicidio. Él queda identificado a la frase de la novia de momentos antes “siempre me hace quedar mal ante todos”, y cae como objeto. Frente a este conflicto, el pasaje al acto implica que el sujeto no puede con eso y acciona de una manera que lo deja por fuera de la escena y lo deja sin resolver la dificultad.
En las coordenadas de inhibición, síntoma y angustia propuestas por Lacan, se podría leer que un grado máximo de dificultad en el sujeto, más el agregado de la emoción, como movimiento hacia afuera, lo expulsa de la escena. 
De no haber habido homicidio, la escena amorosa y legal podría haberse conservado, aunque más no sea por medio de discusiones, llantos o cualquier otra reacción que uno podría esperar ante un momento así. Pero se observa que con el homicidio y las lesiones, se cae la escena del mundo porque es algo no esperado, ya que no está dentro de lo simbólico. No tiene palabras ni hay un decir sobre eso. Hay un actuar por un lado y una ruptura de las coordenadas. 
Esto es posible constatarlo con los dichos del sujeto, quien manifestó que se puso muy nervioso, se le nubló todo y que estaba fuera de sí… En ese momento no hay enlace a un significante que le dé sentido, ya no puede responder a “¿quién soy?”, por eso cae como objeto a, como un resto. De un pasaje al acto, en este caso el homicidio, Sánchez no puede volver del mismo modo.
En conclusión, es posible aplicar los conceptos psicoanalíticos de la angustia y el pasaje al acto cuando jurídicamente se habla del homicidio en estado de emoción violenta. Para ello, se tuvo en cuenta las distintas posiciones del sujeto frente al Otro, que han podido dar cuenta de las particularidades de los distintos tipos de homicidio, que en primera instancia, aparentan ser de similar naturaleza. No obstante, en al análisis del caso, se ha hallado la limitación de tomar como válidas las pericias y la reconstrucción del mismo, en el que no parece haber un resto ni lugar para la duda. Tomar una reconstrucción como verdadera abre nuevos interrogantes, muy interesantes por cierto, del que el psicoanálisis tiene mucho más para decir.
Bibliografía:
Amigo, Silvia (2012) “Clínica de los Fracasos del Fantasma”, Ed. Letra Viva.
Código Penal Argentino.
Cohen Agrest, Diana (2012, 28 de junio) La excusa de la emoción violenta. La Nación. P. 27
De la Iglesia, Matilde y Burlando Paez, Alejandro “Estructura y dinámica del funcionamiento de las instituciones: democráticas, autogestivas y totales” En Corvalán de Mezzano, Alicia (2010) “Psicólogos Institucionales Trabajando” Ed. Eudeba
Del Popolo, Juan H. (1996) “Psicología Judicial”. Ediciones Jurídicas Cuyo
Equipo de Policiales (2012, 17 de junio)  “La emoción violenta en el centro de la polémica tras la condena a Vásquez” Tiempo Argentino. Recuperado de http://tiempo.infonews.com/2012/06/17/policiales-78604-la-emocion-violenta-en-el-centro-de-la-polemica-tras-la-condena-a-vasquez.php
Fontan Balestra, Carlos (1975) “Tratado de Derecho Penal” Tomo IV, Parte Especial. Ed. Abeledo-Perrot
Fernandez, Elida E. (2001) “Diagnosticar las Psicosis”. Ed. Letra Viva
Freud, S. (1894) “La neurastenia y la neurosis de Angustia”. Tomo 1. Ed. Siglo Veintiuno Editores
Freud, S. (1896) “La herencia y la etiología de las neurosis” Tomo 2. Ed. Siglo Veintiuno Editores
Freud, S. (1905) “Tres Ensayos para una Teoría Sexual. Punto 5: el hallazgo del objeto” Tomo 9. Ed. Siglo Veintiuno Editores
Freud, S. (1908) “La Moral sexual <<cultural>> y la nerviosidad moderna”. Tomo 9. Ed. Siglo Veintiuno Editores
Freud, S. (1909) “Análisis de la fobia de un niño de cinco años  (Caso Juanito)” Tomo 10. Ed. Siglo Veintiuno Editores
Freud, S. (1916) "Lecciones introductorias al psicoanálisis. Lección 25: La angustia”. Tomo 17. Ed. Siglo Veintiuno Editores.
Freud, S. (1926) “Inhibición, síntoma y angustia” Tomo 21. Ed. Siglo Veintiuno Editores.
Freud, S. (1930) “El malestar en la cultura” tomo 23. Ed. Siglo Veintiuno Editores.
Freud, S. (1933) “Lección 32° La angustia y vida instintiva”. Tomo 23. Ed. Siglo Veintiuno Editores.
Hirigoyen, Marie-France (2006), “Mujeres Maltratadas. Los mecanismos de la violencia en la pareja”, Ed. Paidos Ibérica.
Lacan, Jaques (1933), “Motivos del crimen paranoico: El crimen de las hermanas Papin”  Publicado inicialmente en Revista Minotaure, n° 3, diciembre de 1933. Recuperado de http://www.vivilibros.com/excesos/10-a-04.htm
Lacan, Jaques (1962) “Los Seminarios de Jacques Lacan. Seminario 10. La angustia” Ed. Paidos
Laplanche, Jean y Pontalis, Jean-Bertrand. (2004) Diccionario de Psicoanálisis, Paidós Buenos Aires.
Marianetti, José Enrique (1999) “Emoción Violenta”, Tercera Edición, Ediciones Jurídicas Cuyo.
Miller, Jacques - Alain (2007) “La Angustia Lacaniana” página 26, Ed. Paidos.
Romi, Juan Carlos, octubre de 1999, El trastorno mental transitorio: implicancias jurídicas y médico-legales. Alcmeon, Revista Argentina de Clínica Neuropsiquiátrica, vol. 8, Nº 2, págs. 113 a 134
Terragni, Marco Antonio (2001) “Delitos Contra las Personas”. Ediciones Jurídicas Cuyo
Vegh, Isidoro (2003) “Conferencia 'El prójimo: Enlaces y desenlaces del goce'. Ciclo "Los miércoles a las 10", Cátedra EPIS 1, Facultad de Psicología U.N.R. (Agosto 2003).
Vegh, Isidoro. (2010, 11 de marzo) “Te voy a decir la verdad”. La Nación. Recuperado de http://www.pagina12.com.ar/diario/psicologia/9-141756-2010-03-11.html).
Vegh, Isidoro (2011) “El Abanico de los Goces”. Ed. Letra Viva.
Fallos:
(Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, sala V • 17/09/1990 • Bracamonte, Gladys I. • LA LEY 1991-A, 516 - DJ 1991-1, 857 • AR/JUR/21/1990).
Cámara del Crimen Nº 1 de San Luis • 10/12/2008 • Figueroa, Alberto Carlos y Martínez Fernández, Daniel Enrique • LLGran Cuyo 2009 (mayo), 406 • AR/JUR/22193/2008)
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, sala I • 20/08/1991 • Cóppola, Miguel A. • LA LEY 1991-E, 725 - DJ 1992-1, 445 • AR/JUR/419/1991
Tribunal Superior de Justicia de la Provincia del Neuquén • 20/04/2009 • P. N. F. • La Ley Online;  • AR/JUR/14548/2009
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires • 14/05/1996 • Mansilla, Héctor • • AR/JUR/3693/1996
Tribunal de Casación Penal de Buenos Aires, sala II • 22/05/2008 • M., M. A. • LLBA 2008 (agosto), 759 • AR/JUR/3850/2008
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, sala IV • 26/11/1997 • García, Leonardo O. • LA LEY 1999-A, 470 • AR/JUR/5011/1997
Superior Tribunal de Justicia de Santiago del Estero, sala criminal, laboral y minas • 02/10/2006 • Gómez, Miguel A. • LLNOA 2007 (mayo), 393

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